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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 11-01

Asunto

Nuevo Sistema Electrónico de Créditos Contributivos Integrados

Atención

Tenedores de créditos contributivos

Boletín Informativo BI 11-01 03/01/2011 Rentas Internas

El Plan Estratégico 2009-2012 del Departamento de Hacienda (Departamento) tiene como uno de sus objetivos principales simplificar procesos y mejorar los servicios ofrecidos a nuestros contribuyentes. Conforme a lo anterior, uno de los medios con los que contamos para mejorar los procesos existentes es el uso de tramites electrónicos.

El Departamento, en cumplimiento con los objetivos antes mencionados, se complace en presentar el nuevo sistema de Créditos Contributivos Integrados (Sistema CCI) disponible en nuestro portal de Internet www.hacienda.gobierno.pr. El Sistema CCI le permitirá al Departamento mantener un registro actualizado de los créditos contributivos otorgados, a la vez que le proveerá al contribuyente un mecanismo ágil, rápido y accesible para el manejo y utilización de dichos créditos. Inicialmente, estarán disponibles en el Sistema CCI los créditos contributivos otorgados bajo la Ley Núm. 73 de 28 de mayo de 2008 (Ley Núm. 73).

A través del Sistema CCI, los contribuyentes que generen o adquieran créditos contributivos, podrán realizar las siguientes transacciones:

  • Notificar la cesión, venta o transferencia de  créditos contributivos de acuerdo a las reglas y condiciones establecidas en la ley.
  • Solicitar e imprimir certificados de crédito para ser utilizados contra la responsabilidad contributiva.
  • Solicitar e imprimir cupones de pago a nombre de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) o la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) para el pago de energía eléctrica, agua y alcantarillado, respectivamente, cuando así lo autorice la ley.
  • Verificar  el   balance  actualizado  de  créditos  generados,  utilizados, comprados y disponibles por tipo de crédito y por año contributivo.

El Sistema CCI se alimentará de la información reportada por los contribuyentes en la planilla de contribución sobre ingresos, una vez la misma es procesada por el Departamento.

Para poder acceder al Sistema CCI, el contribuyente deberá estar registrado en la Colecturía Virtual del Departamento y utilizará el mismo nombre de usuario y contraseña que utiliza para acceder Colecturía Virtual. De no estar registrado en Colecturía Virtual, el contribuyente deberá registrarse a través del enlace a Colecturía Virtual en nuestro portal de Internet: www.hacienda.gobierno.pr.

Para instrucciones relacionadas al procedimiento para reclamar los créditos contra la contribución sobre ingresos, notificar la venta de créditos o solicitar cupones de pago para cubrir gastos de energía eléctrica, agua y alcantarillado en el Sistema CCI, favor de referirse a la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 11-01.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata.

Para cualquier aclaración o información relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, pueden comunicarse al Área de Rentas Internas del Departamento a través de los teléfonos (787) 722-0960, (787) 723-2989 o (787)723-0467 o del correo electrónico infoCCI@hacienda.gobierno.pr.

En Hacienda estamos para servirle.

Cordialmente,

Juan Carlos Puig

Temas: Créditos contributivos integrados
Audiencias: Todos los contribuyentes
Tipo de contribución: Ingresos

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