NOTA: A partir del 24 de febrero de 2020 toda solicitud de exención contributiva para ser considerado como una entidad sin fines de lucro deberá realizarla a través de SURI.
Las Organizaciones Sin Fines de Lucro son entidades, incorporadas o no incorporadas, dedicadas a la prestación de servicios que bajo el Código cualifican para una exención de contribución sobre ingresos. Por ejemplo, entidades con fines caritativos, literarios, científicos, educativos, organizaciones profesionales y ciertos clubes o asociaciones fraternales y benéficas pueden solicitar dicha exención sujeto al cumplimiento de los requisitos que establece el Código. Para tales propósitos, la entidad tiene que presentar ante el Secretario de Hacienda una solicitud de exención contributiva, independientemente de cuál haya sido su forma de incorporación.