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Determinación Administrativa Núm. 13-05

Asunto

Extensión de tiempo para la Radicación de la Planilla Informativa sobre tendencia de Créditos Contributivos.

Atención

Tenedores de Créditos Contributivos

Determinación Administrativa DA 13-05 18/07/2013 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

El 30 de junio de 2013 se aprobó la Ley 40 conocida como la "Ley de Redistribución y Ajuste de la Carga Contributiva" ("Ley 40-2013")  para enmendar varias disposiciones del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 ("Código").

La Ley 40-2013 añadió las Secciones 1051.10, 1051.11 y 1051.12 al Código para establecer una moratoria de créditos para cada uno de los años contributivos comenzados luego del 31 de diciembre de 2012 y antes del 1 de enero de 2016 y disponer la forma y manera en que dichos créditos pueden ser reclamados. El apartado (d) de la Sección 1051.10 del Código dispone que para tener derecho a reclamar cualquier crédito de los mencionados en dichas secciones, será requisito indispensable que el tenedor del crédito someta al Secretario de Hacienda, no más tarde del 31 de julio de 2013, una planilla informativa, detallando el monto de los créditos otorgados y aprobados al 30 de junio de 2013.

Este Departamento ha recibido varias solicitudes para que se conceda una prórroga para cumplir con el requisito de radicación de la planilla informativa dispuesto en la Sección 1051.1O  (d) del Código, debido a la limitación de tiempo para recopilar el detalle requerido en dicha sección. Además, este Departamento ha recibido consultas de cual debe ser el formulario que debe ser utilizado para informar el detalle de créditos contributivos sujetos a la moratoria dispuesta en la Sección 1051.10 del Código.

Por consiguiente, esta Determinación Administrativa tiene el propósito de atender dichas solicitudes de los contribuyentes tenedores de créditos contributivos, concediéndoles tiempo adicional para completar la planilla informativa sobre tenencia de créditos contributivos y aclarando cual será el formulario a utilizar para estos propósitos.

II. Determinación

A tenor con lo anterior, se extiende la fecha límite para radicar la planilla informativa sobre créditos contributivos hasta el 31 de agosto de 2013. El formulario a utilizar para estos propósitos será el Formulario 480.71, Planilla Informativa Sobre Tenencia de Créditos Contributivos.

Esta Determinación se realiza considerando el tiempo limitado para hacer cumplir con las disposiciones de la Ley 40-2013 y el deber del Departamento de Hacienda de administrar adecuadamente las disposiciones del Código.

II. Vigencia

Las disposiciones de esta Determinación Administrativa tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada a las disposiciones de esta Determinación Administrativa, puede comunicarse con la Sección de Consultas Generales al (787) 722-0216, sección 8. 

Cordialmente,

Melba Acosta Febo

Temas: Créditos Contributivos
Audiencias: Individuo, Corporaciones, Sociedades, Profesionales y Tenedores de créditos contributivos.
Tipo de contribución: Ingresos

Documentos relacionados

Esta publicación hace referencia a:

La siguiente Carta Circular:

Las siguientes secciones del Código de Rentas Internas:

  • 1050.10
  • 1051.11
  • 1051.12

 

 

Esta publicación está relacionada a las siguientes leyes: