Impacta a comercios que no remiten retención de contribuciones que hacen a sus empleados
San Juan- El secretario del Departamento de Hacienda, Juan Zaragoza Gómez, informó que esta mañana fue diligenciado el quinto operativo de embargos de este año a cuatro comercios que le adeudan aproximadamente $2.7 millones a la agencia.
“Durante el operativo de hoy estamos impactando, principalmente, a comercios que le retienen a sus empleados las contribuciones sobre ingresos, pero no la remiten al Departamento de Hacienda”, explicó el Secretario, al tiempo que añadió que en estos casos la actuación ilegal de los patronos tiene un doble impacto para la agencia ya que no se puede penalizar a los empleados, y le tenemos que considerar como pagado una contribución que le fue retenida y no enviada a la agencia.
Zaragoza indicó que dos firmas de abogados en el municipio de Arecibo fueron embargadas por dejar de remitir la retención patronal; una de estas adeuda unos $380,000 aproximadamente y la otra tiene una deuda que asciende aproximadamente a $270,000.
También se intervino en Ciales un negocio de manufactura que acumuló deudas por aproximadamente $2.1 millones por los siguientes conceptos: retención patronal, IVU, arbitrios, entre otras. Igualmente, se embargó en el municipio de Carolina una tienda de efectos escolares con una deuda de $19,000 aproximadamente por concepto del IVU y unos $2,000 aproximadamente de retención patronal. Durante la tarde de hoy, los dueños del establecimiento pagaron la deuda por lo que se levantó el embargo.
El Secretario añadió que como parte de esta iniciativa unos 42 negocios han sido intervenidos por el Departamento de Hacienda por deudas contributivas que ascienden a más de $27 millones.
Los embargos y cierres de localidades tienen carácter preventivo y se efectúan con el propósito de garantizar el cobro de la deuda con el Estado Libre Asociado. Transcurridos treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, el embargo será ejecutado si no se ha cancelado la deuda en su totalidad, ya sea mediante pago o con evidencia de haber realizado el mismo.
Después de dicho periodo, la propiedad embargada o parte de ella, será vendida en pública subasta tan pronto sea posible, sin más avisos.