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Determinación Administrativa Núm. 14-05

Asunto

Extensión de fecha límite para radicar la solicitud del Crédito Energético

Atención

A todos los contribuyentes interesados en solicitar el crédito energético dispuesto en el Artículo 3.1 de la Ley de Empleos Ahora (“Crédito Energético”).

Determinación Administrativa DA 14-05 13/02/2014 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

El Articulo 3.1 de la Ley 1-2013, conocida como la Ley de Empleos Ahora, según enmendada (Ley 1-2013), establece un crédito energético para incentivar la creación de empleos. La Ley 1-2013 establece que todo negocio que cumpla con los requisitos establecidos en dicha ley (Negocio Elegible) puede solicitar un crédito contra la factura que emite la Autoridad de Energía Eléctrica (“AEE”) por cada empleo elegible incremental creado entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de junio de 2014 (en adelante “Crédito Energético”). El Crédito Energético se utiliza para el pago del costo de electricidad del Negocio Elegible. 

La Ley 1-2013 faculta a la AEE, en conjunto con el Departamento de Hacienda ("Departamento"), a establecer, mediante reglamento, los límites del Crédito Energético tomando en cuenta, entre otros factores, la fecha en que se crea el empleo elegible incremental, la cantidad del salario básico que recibirá el empleado y si se trata de un empleo a tiempo completo o de un equivalente a empleo elegible incremental bajo la fórmula establecida en la Ley 1-2013. 

El 28 de junio de 2013, la AEE y el Departamento radicaron en el Departamento de Estado el Reglamento Núm. 8371 para reglamentar la concesión del Crédito Energético.

El Artículo 4 del Reglamento establece, entre otras cosas, que todo negocio que sea elegible para el Crédito Energético debe presentar ante el Departamento la Solicitud para la Concesión del Crédito Energético (Formulario SC 2865) no más tarde del último día del mes siguiente al cierre del trimestre para el cual se reclama el dicho crédito. Por lo tanto, la fecha límite para radicar el Formulario SC 2865 aplicable al trimestre terminado el 31 de diciembre de 2013 fue el 31 de enero de 2014. 

El Departamento ha sido notificado de numerosas peticiones de parte de empresarios para que se conceda una prórroga para la radicación de la solicitud. 

II. Determinación

En atención a las peticiones recibidas y tomando en consideración que el reglamento fue radicado el 28 de junio de 2013, el Departamento determina que la fecha límite para radicar el Formulario SC 2865 aplicable a los trimestres terminados el 31 de marzo de 2013, 30 de junio de 2013, 30 de septiembre de 2013 y 31 de diciembre de 2013 será extendida hasta el 28 de febrero de 2014. 

Todos los demás requisitos y criterios establecidos en el Reglamento Núm. 8371 permanecen inalterados.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Determinación Administrativa tienen vigencia inmediata. Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta Determinación Administrativa, puede comunicarse con la Sección de Consultas Generales al (787) 722-0216, opción 8. 

Cordialmente,

Karolee García

Temas: Crédito energético
Audiencias: Negocio
Tipo de contribución: Leyes Especiales

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