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Determinación Administrativa Núm. 11-09

Asunto

Fecha de vigencia del Subtítulo E del código de Rentas Internas para un nuevo Puerto Rico

Atención

A todos los contribuyentes sujetos al Subtítulo E del Código de Rentas Internas para un nuevo Puerto Rico

Determinación Administrativa DA 11-09 28/06/2011 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

Mediante Ia Determinación Administrativa Núm. 11-07 de 4 de mayo de 2011, este Departamento extendió el plazo para Ia vigencia de las disposiciones del Subtítulo E del Código de Rentas lnternas para un Nuevo Puerto Rico (Código) hasta el 1 de julio de 2011. Dicha extensión surgió en atención a Ia necesidad de tiempo adicional expresada por los contribuyentes, así como para poder implantar los cambios propuestos en el P. de Ia C. 3410, del 18 de mayo de 2011. Sin embargo, dicho proyecto de ley no será aprobado durante Ia presente sesión legislativa.

Por consiguiente, esta Determinación Administrativa tiene el propósito de conceder a los contribuyentes tiempo adicional, en vista de los cambios propuestos al Subtítulo E del Código por el P. de Ia C. 3410, supra, que serán considerados durante Ia próxima sesión legislativa.

II. Determinación

A tenor con lo anterior, las disposiciones del Subtítulo E del Código comenzarán a regir a partir de Ia fecha de vigencia de las enmiendas al Código por el P. de Ia C. 3410. Durante este periodo, las disposiciones del Subtítulo D de Ia Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, conocida como el Código de Rentas lnternas de Puerto Rico de 1994 aplicarán a eventos tributables efectuados antes de Ia fecha de vigencia de las enmiendas al Código.

Esta Determinación se realiza considerando el deber del Departamento de Hacienda de administrar adecuadamente las disposiciones del Código.

II. Vigencia

Las disposiciones de esta Determinación Administrativa tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada a las disposiciones de esta Determinación Administrativa, puede comunicarse con Ia Sección de Consultas Generales al (787) 722-0216.

En Hacienda estamos para servirle.

Cordialmente,

CPA Jesús F. Méndez Rodríguez

Temas: Arbitrios de bebidas alcohólicas
Audiencias: Todo contribuyente
Tipo de contribución: Arbitrios

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