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Carta Circular Núm. 1300-11-17

Asunto

Menoscabo en Efectivo de las Cuentas Bancarias del Oficial Pagador Especial en el Banco Gubernamental de Fomento

Atención

A los Oficiales Pagadores Especiales

CC Núm. 1300-11-17 28/11/2016 Contabilidad Central

Estimados señores:

Los depósitos en el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico (BGF) no están asegurados ni colateralizados con inversiones. Estos depósitos en el BGF están expuestos al riesgo de custodia crediticia (“custodial credit risk”) como­­­ resultado de la merma en la liquidez en el BGF y su correspondiente situación de insolvencia­­.

El BGF enfrenta riesgos significativos e incertidumbres y actualmente no tiene recursos financieros líquidos suficientes para cumplir con sus obligaciones según éstas venzan. La Ley Núm. 21-2016 y las Órdenes Ejecutivas Núm. 2016-010 y 2016-031, requieren la suspensión en los desembolsos de préstamos por el BGF, restricciones en los retiros y transferencias de depósitos del BGF, e impusieron una moratoria en las obligaciones del BGF, entre otras medidas.   

Dado el nivel significativo de endeudamiento del BGF, estas medidas no se esperan que sean suficiente para mantener las operaciones del mismo en su curso ordinario. Como resultado del impago del ELA, de las apropiaciones y la inhabilidad del BGF de restructurar su deuda, este no pudo pagar el principal de su deuda que venció el 1ro de mayo de 2016 y los pagos de intereses que vencieron subsiguientemente. En abril del 2016, el Gobernador declaró al BGF en un estado de emergencia y declaró una moratoria en el pago de sus deudas.

Debido a las condiciones y eventos antes mencionados, la Gerencia del BGF cree que existe duda significativa suficiente sobre la habilidad del mismo para continuar como un negocio en marcha (“substantial doubt exist as to GDB’s ability to continue as a going concern”). 

El BGF no ha publicado información financiera auditada recientemente. La última información financiera auditada fue para el año fiscal terminado el 30 de junio de 2014. Debido a ello, la cantidad de recobro de una inversión en depósitos o instrumentos financieros similares en BGF es incierta. 

Se emite esta Carta Circular para informar a los OPE que tenían cuentas bancarias en el BGF que deberán eliminar para propósitos contables los balances de efectivo de las mismas.  Para esto hemos creado la cuenta E9425, Menoscabo Efectivo OPE – BGF.  Los OPE realizarán un débito a la cuenta E9425 y un crédito a la cuenta E9050, Anticipo de Fondos a OPE para transferir los balances.  Es importante que al preparar esta transacción también realice una entrada para debitar la cuenta F6110, Reserva para Anticipos a OPE y acreditar la cuenta A1110, Efectivo y Valores Equivalentes en el Tesoro.

De tener dudas con relación a las disposiciones de esta Carta Circular se pueden comunicar con la División de Oficiales Pagadores Especiales al 787-721-2020 ext. 2396.

El texto de esta Carta Circular está disponible en nuestra página de Internet en la dirección:   http://www.hacienda.gobierno.pr/sobre-hacienda/publicaciones/contabilidad-central/cartas-circulares-de-contabilidad-central.

Agradeceremos hagan llegar las disposiciones de esta Carta Circular al personal de sus respectivas entidades, especialmente a los Oficiales Pagadores Especiales.

 

Cordialmente,

Juan C. Zaragoza Gómez

Secretario de Hacienda