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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 16-07-RI (“CC RI 16-07”)

Asunto

Mecanismos de Solicitud de Prórroga para Radicar la Planilla de Contribución Sobre Ingresos (Modelo SC 2644) y de Prórroga para Radicar la Solicitud de Prórroga Para Rendir Informes de Sociedad, Sociedad Especial, Corporación de Individuos, Corporación Especial de Trabajadores y Fideicomiso Revocable o Fideicomiso para Beneficio del Fideicomitente (Modelo SC 2644.1) y Métodos de Pago de la Prórroga

Atención

A todos los Contribuyentes

Carta Circular CC de RI Núm. 16-07-RI (“CC RI 16-07”) 12/04/2016 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

El 23 de febrero de 2016 el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió su Carta Circular Núm.16-03 sobre la Solicitud de Prórroga para Radicar la Planilla de Contribución sobre Ingresos (“Modelo SC 2644”). En dicha Carta Circular, el Departamento estableció que la solicitud de prórroga automática de tres (3) meses para individuos, corporaciones y otras entidades jurídicas, correspondiente al año contributivo 2015 y años subsiguientes, debía radicarse de forma electrónica.  Se exceptuó del cumplimiento con este requerimiento solo a aquellos individuos que cualifiquen para la excepción de radicación electrónica de planilla, según la Sección III(N)[1] de la Carta Circular 16-02.

El Departamento ha recibido varias comunicaciones por parte de contribuyentes en donde informaron ciertas circunstancias particulares que les imposibilitan cumplir con el requisito de radicación electrónica de las solicitudes de prórroga.  La Sección 6051.11 del Código autoriza al Secretario del Departamento de Hacienda (“Secretario”) a promulgar las reglas y reglamentos necesarios para el cumplimiento del Código.  Por tanto, y a tenor con la autoridad concedida al Secretario, el Departamento emite esta Carta Circular con el propósito de derogar la Carta Circular Núm. 16-03; establecer que las entidades jurídicas podrán radicar el Modelo SC 2644 tanto de forma electrónica como en papel; dejar constar que los individuos tienen que radicar el Modelo SC 2644 en formato electrónico exclusivamente; establecer que la radicación del Modelo SC 2644.1 podrá ser en papel; y finalmente, informar los mecanismos de pago disponibles para las prórrogas. 

II. Derogación de la Carta Circular 16-03 y Radicación del Modelo SC 2644

Mediante esta Carta Circular se deroga la Carta Circular Núm. 16-03; no obstante, se aclara que los individuos deberán radicar el Modelo SC 2644 en formato electrónico exclusivamente.  Continúa exceptuándose del cumplimiento con este requerimiento, a aquellos individuos que cualifiquen para la excepción de radicación electrónica de planilla, según la Sección III(N)[1] de la Carta Circular 16-02.

Con el propósito de asegurar el éxito de este ciclo contributivo y tomando en consideración las circunstancias de varios contribuyentes que son entidades jurídicas, el Departamento permitirá que las entidades jurídicas radiquen el Modelo SC 2644, correspondiente al año contributivo terminado el 31 de diciembre de 2015, tanto en forma electrónica como en papel.    

III. Radicación de la Prórroga de Declaraciones Informativas

La solicitud de prórroga automática de treinta (30) días para radicar las Declaraciones Informativas, de sociedades, sociedades especiales, corporaciones de individuos, corporaciones especiales de trabajadores y fideicomisos revocables o fideicomiso para beneficio del fideicomitente, se efectúa por medio del Modelo SC 2644.1, Solicitud de Prórroga para Rendir Informes de Sociedad, Sociedad Especial, Corporación de Individuos, Corporación Especial de Trabajadores y Fideicomiso Revocable o Fideicomiso para Beneficio del Fideicomitente.

El sistema de radicación tiene actualmente disponible la opción de efectuar la radicación electrónica de la prórroga de Declaraciones Informativas, Modelo SC 2644.1, de sociedades, sociedades especiales, corporaciones de individuos, corporaciones especiales de trabajadores y fideicomisos revocables o fideicomiso para beneficio del fideicomitente.  Aun cuando la radicación electrónica del Modelo SC 2644.1 no es compulsoria, el Departamento recomienda enérgicamente que se utilice este mecanismo de radicación.  Sin embargo, el Departamento estará aceptando la radicación del Modelo SC 2644.1 en papel.

IV. Métodos de Pago de la Prórroga

Todos los contribuyentes (incluyendo los Grandes Contribuyentes) podrán realizar el pago de la prórroga de forma electrónica al momento de radicar o a través de Colecturía Virtual bajo la opción de pago planilla 2015; o mediante cheque a nombre del Secretario de Hacienda. Debe acompañar con el cheque, copia de la prórroga radicada electrónicamente y la hoja de confirmación de radicación electrónica.  El cheque puede ser entregado en cualquiera de las colecturías del Departamento o enviado por correo a la siguiente dirección: 

Departamento de Hacienda

PO BO 9022501

San Juan, PR 00902-6272

De requerir asistencia adicional podrá acudir a alguno de nuestros Centros de Servicio al Contribuyente o llamar al centro de llamadas Hacienda Responde marcando el 787-622-0123, Opción #4.

 

Cordialmente,

 

Juan C. Zaragoza Gómez

 

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