La Administración de Seguro Social Federal informó que, a partir del 1 de enero de 2025, el límite máximo de sueldo tributable anual para efectos del Seguro Social Federal será de $176,100.00 y la contribución máxima anual, tanto individual como patronal, será de $10,918.20 ($176,100.00 x 6.20%).
El Medicare no tiene límite máximo tributable. Esto quiere decir que para propósitos de Medicare el exceso de sueldo sobre los $176,100.00 continuará siendo tributable y se le aplicará el 1.45%, tanto individual como patronal.
Por otro lado, desde enero de 2013, se impuso una contribución adicional al Medicare de 0.9% de los salarios pagados a empleados en exceso de $200,000 (250,000 para parejas casadas que declaran impuestos en conjunto) en un año natural. Se requiere que se comience a retener al empleado la contribución adicional en el periodo de paga de salario que exceda los $200,000 hasta que finalice el año natural. Dicha retención será de 2.35% (1.45 + 0.9 adicional). La contribución adicional sólo se le impondrá al empleado, el patrono está exento del pago de esta.
Esta Carta Circular deroga la Carta Circular Núm. 1300-15-24 del 9 de febrero de 2024.
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El texto de esta Carta Circular está disponible en la página web del Departamento de Hacienda. (www.hacienda.pr.gov), > sección “Publicaciones” > enlace “Contabilidad Central” > enlace “Cartas Circulares de Contabilidad Central”.
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Cartas Circulares de Contabilidad Central / Departamento de Hacienda de Puerto Rico (pr.gov)
Será responsabilidad de las agencias hacer llegar las disposiciones de esta Carta Circular a su personal, en particular a los que trabajan en la preparación de las nóminas, incluyendo a los Oficiales Pagadores Especiales autorizados a pagar servicios personales.
Cordialmente,
Lcdo. Nelson J. Pérez Méndez
Secretario de Hacienda