I. BASE LEGAL
La Ley 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico” faculta al Secretario de Hacienda a realizar, entre otras funciones, los recaudos de todos los fondos públicos de las dependencias, según definidas por Ley. Además, en el caso de entidades corporativas y entidades jurídicas, realiza gestiones y transacciones dirigidas a procesar los cobros de fondos que van destinados a estas. Dichas gestiones conllevan la utilización del personal y equipo del Departamento de Hacienda
II. PROPÓSITO
El propósito de esta Carta Circular es recordarles las disposiciones de la Ley 233-2003, según enmendada, titulada “Ley para autorizar al Secretario de Hacienda a imponer cargos por servicios, gestiones y transacciones de cobro a nombre de agencias, dependencias, corporaciones públicas y otras entidades jurídicas”.
III. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
A. La Ley 233-2003, autoriza al Secretario de Hacienda a imponer un cargo máximo de un cinco por ciento (5%) del total recaudado mediante las gestiones y transacciones de cobro realizadas por el Secretario de Hacienda o su representante autorizado, a favor de agencias, dependencias, corporaciones públicas y otras entidades jurídicas.
B. Los pagos se realizarán por los importes netos, luego del cobro del cargo correspondiente. Los mismos se efectuarán mediante emisión de cheque o por transferencias bancarias, según corresponda.
C. Las agencias, dependencias, corporaciones públicas y entidades jurídicas deben considerar dicho cargo y hacer los ajustes a la hora de preparar su presupuesto.
D. El Secretario, conforme su criterio, podrá, en aquellos casos que entienda necesario, eximir total o parcialmente del pago del cargo impuesto por la Sección 2 de esta Ley a cualquier agencia, dependencia, entidad corporativa o entidad jurídica para los cuales realiza gestiones y transacciones de cobro.
Esta Carta Circular deroga la Carta Circular Núm. 1300-39-04 del 2 de junio de 2004.
Para aclarar cualquier duda con relación a esta Carta Circular, pueden comunicarse a: consultasistemasfiscales@hacienda.pr.gov.
El texto de esta Carta Circular está disponible en la página web del Departamento de Hacienda: (www.hacienda.pr.gov) > sección “Publicaciones”> enlace “Contabilidad Central”> enlace “Cartas Circulares Contabilidad Central”. También puede utilizar el siguiente enlace para acceder el formato en PDF:
Cartas Circulares de Contabilidad Central I Departamento de Hacienda de Puerto Rico(pr.gov)
Será responsabilidad de las entidades gubernamentales hacer llegar copia de esta Carta Circular al personal, de sus respectivos organismos, en especial a los del Área de Presupuesto.
Cordialmente,
Lcdo. Nelson J. Pérez Méndez
Secretario de Hacienda