Año Fiscal 2008 - 2009
Estimados Señores:
La Carta Circular Núm. 1300-38-09 del 17 de junio de 2009 informa a las agencias el proceso a seguir y el código a utilizar para el pago del incentivo económico establecido en la Ley Núm. 7, Ley Especial Declarando Estado de Emergencia Fiscal y Estableciendo Plan Integral de Estabilización Fiscal Para Salvar el Crédito de Puerto Rico del 9 de marzo de 2009.
Esta Carta Circular se emite con el propósito de enmendar las Disposiciones Específicas Núms. 7 y 8 de la mencionada Carta Circular para que lean como sigue:
7. El pago del incentivo económico de 1 a 3 meses, se cargará al Código REI (Programa Renuncia Incentivada). Utilizarán la cuenta E1195, Pago Incentivo Económico Renuncia Voluntaria. El Código está disponible en ambas versiones de RHUM (versión 7.5 y 8.8).
El pago de liquidación de las licencias regulares y por enfermedad y el tiempo extraordinario acumulado se cargará a sus respectivos códigos VSG, ESG y TCR y objetos de gastos, según corresponda.
8. Las agencias realizarán el desembolso contra la cuenta de asignación 231 – XXXXXXX – 081 – 2009, Fondo de Cooperación Económica y Alternativas de Empleados Públicos.
El texto de esta Carta Circular está disponible en nuestra página de Internet en la dirección:
www.hacienda.gobierno.pr/publicaciones/cartas_circulares_cont.html
Es responsabilidad de las agencias hacer llegar las disposiciones de esta Carta Circular al personal de sus respectivas agencias, especialmente a los empleados de las Oficinas de Recursos Humanos.
Cordialmente,
Juan Carlos Puig Morales
Secretario de Hacienda