Se encuentra usted aquí

Carta Circular de Contabilidad Central Núm. 1300-24-14 (Derogada)

Asunto

Enmienda Carta Circular 1300-22-14, Desembolso de Fondos Provenientes de Emisiones de Bonos y otras Fuentes de Financiamiento para Mejoras Permanentes

Atención

A los Alcaldes del Estado Libre 
Asociado de Puerto Rico

CC 1300-24-14 04/03/2014 Contabilidad Central

Año Fiscal 2013 - 2014

Estimados señores: 

Mediante la Carta Circular 1360-22-14 les informamos el proceso a seguir para el desembolso de fondos relacionados a las emisiones de bonos y otros financiamientos para cubrir los Costos de mejoras permanentes realizados por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA) periódicamente. 

Hemos recibido varias consultas relacionadas al proceso de varias transacciones relacionadas a  desembolsos de fondos para mejoras permanentes. 

Se emite esta Carta Circular para impartir las instrucciones a seguir, en adición a las establecidas en la Carta Circular 1300-22-14, por los municipios en el uso de los fondos provenientes de Emisiones de Bonos y otras Fuentes de Financiamiento para Mejoras Permanentes. 

1. En los casos que las resoluciones conjuntas dispongan la asignación de fondos para obras de mejoras permanentes, pero no establezcan los proyectos en específicos en que se utilizarán los fondos, la asamblea municipal deberá emitir una ordenanza municipal en la cual detalle los proyectos en los cuales utilizará los fondos asignados. 

Acompañamos el formato de Ordenanza, Modelo SC 701 (Anejo 1), que deberá ser utilizado por los municipios al momento de preparar las Ordenanzas Municipales relacionados a los fondos para mejoras permanentes que no estén detallados en la Resolución Conjunta. Deberán someter copia de las Ordenanzas al Negociado de Intervenciones, Oficina de Enlace Municipal del Departamento de Hacienda. 

2. En los casos que los Municipios determinen realizar los Proyectos utilizando su propio personal, deberán someter copia de todos los contratos, facturas y otros documentos justificantes de los desembolsos para los cuales solicitan los fondos. Los Municipios no podrán reclamar el reembolso por equipos que pertenecen a los mismos. En los casos en que se incurra en gasto de nómina, deberán someter copia de la nómina y el Modelo SC 125, Certificación de Gastos de Nómina (Anejo 2), en la cual incluirán el nombre del empleado que trabajó directamente en el Proyecto, tota! de horas trabajadas, salario bruto por hora sin incluir beneficios marginales, salario bruto total, las horas directas dedicadas al Proyecto y el total de nómina admisible. El mismo deberá estar certificado como correcto por el Alcalde, el Director de Finanzas y el Supervisor del empleado. 

El texto de esta Carta Circular está disponible en nuestra página de Internet en la dirección:

www.hacienda.gobierno.pr/publicaciones/cartas_circulares_cont.html.

Será responsabilidad de los municipios hacer llegar las disposiciones de esta Carta Circular al personal relacionado con el proceso de pre intervención y cualquier otro personal necesario para el cumplimiento de la misma. 

Cordialmente, 

Melba Acosta Febo

Secretaria de Hacienda

Anejos