El Artículo 14 de la Ley Núm. 230 del 23 de julio de 1974, Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico, según enmendada; faculta al Secretario de Hacienda a emitir reglamentación para el control y contabilidad de los fondos y propiedad pública.
De acuerdo con dicha disposición de ley, este Departamento prepara la reglamentación pertinente y la distribuye entre los departamentos, dependencias, municipios y corporaciones públicas del Gobierno, según corresponda.
Se emite esta Carta Circular para recordarle a las agencias que este Departamento sólo enviará una copia de la reglamentación emitida a la Oficina del Secretario, Director Ejecutivo, Presidente y Alcalde (cuando aplique). Los mismos serán responsables de distribuirla a las áreas correspondientes.
Se recomienda a las agencias que retengan en los archivos de la unidad administrativa una copia de toda circular o reglamentación que se le envíe con el propósito de que los empleados que necesiten copia de dicha reglamentación la soliciten a la unidad correspondiente en sus respectivas agencias.
Esta Carta Circular deroga la Carta Circular Núm. 1300-09-06 del 29 de septiembre de 2005.
El texto de esta Carta Circular está disponible en nuestra página de Internet en la dirección: http://www.hacienda.pr.gov/sobre-hacienda/publicaciones/contabilidad-central/carta-circulares-de-contabilidad-central.
Será responsabilidad de las agencias hacer llegar las disposiciones de esta Carta Circular a su personal.
Cordialmente,
Francisco Parés Alicea
Secretario de Hacienda