I. Horarios
Nuestras oficinas de zonas portuarias permanecerán abiertas de acuerdo con el siguiente horario:
Teléfono | |||
Puerto Nuevo: | lunes a viernes | 7:00a.m. - 4:00p.m. | 783-3010 |
Grupo marcado de documentos |
6:30a.m. | ||
sábados | 7:00a.m. - 2:30p.m. | ||
Isla Grande: | lunes a viernes | 7:00a.m. - 4:00p.m. | 721-1389 |
Zona Libre: | lunes a viernes | 7:00p.m. - 4:00p.m. | 782-8925 |
Base Muñiz: | lunes a viernes | 5:30a.m. - 10:30p.m. | 791-0525 |
sábados | 5:30a.m. - 7:00p.m. | ||
domingos y días feriados | 10:30a.m. - 7:00p.m. |
Oficinas de Distrito: lunes a viernes 8:00 a.m. – 4:30 p.m.
San Juan | 723-5277 | Ponce | 842-6261 |
Bayamón | 785-2268 | Caguas | 743-2111 |
Arecibo | 879-2952 | Humacao | 850-4088 |
Aguadilla | 891-0752 | Carolina | 276-5620 |
Mayagüez | 834-0368 |
En las horas en que las Oficinas de Control de Puertos estén abiertas y las Colecturías estén cerradas, los Agentes de Rentas Internas permitirán el levante de mercancía si se cumple con los requisitos necesarios para el levante; en caso de que haya pago, se aceptará cheque o giro postal.
II. Transmisión Electrónica de Manifiestos
Para facilitar sus trámites en nuestras oficinas, los contribuyentes afianzados podrán hacer sus transacciones a través del Sistema de Transmisión Electrónica de Manifiestos. Este sistema permite al contribuyente transmitir por vía electrónica su manifiesto de carga, el cual será revisado por nuestros funcionarios y recibirá inmediatamente la autorización de levante de mercancía. Este sistema está disponible para porteadoras marítimas, aéreas o terrestres.
Los requisitos para integrarse al Sistema de Transmisión Electrónica de Manifiestos son los siguientes:
- P/C compatible con IBM
- Módem interno o externo
- Impresora
- Línea telefónica
- Producto de comunicación que conecta al usuario externo (porteadora) con el computador del Departamento de Hacienda.
Para integrarse al Programa de Transmisión Electrónica de Manifiestos deberá solicitarlo por escrito a la Directora del Negociado de Control de Puertos, PO Box 9024140, San Juan, Puerto Rico 00902-4140. Fax 774-1732.
III. Pagos de Arbitrios
A partir del 1 de junio de 1999, se iniciará un proyecto piloto para procesar electrónicamente los pagos de arbitrios de corredores y porteadoras terrestres.
Este servicio estará disponible para otras personas interesadas a partir de enero del 2000.
Les recordamos que los cheques para el pago de los arbitrios por una suma en exceso de $1,000 deberán ser certificados e incluir la siguiente información:
- el número de licencia de conducir, cuando sea pago de impuestos sobre derechos de licencia
- el número de seguro social del contribuyente o número de cuenta patronal
- el número de la factura comercial a pagarse
No obstante, si el contribuyente posea una fianza satisfactoria como firma porteadora de carga o esté acogido al Sistema de Importador Afianzado no estará sujeto al requisito de que el cheque sea certificado.
En las oficinas de Base Muñiz, Isla Grande y Puerto Nuevo está disponible una fila expreso donde los contribuyentes con cinco transacciones o menos pueden realizar sus levantes.
Toda persona podrá hacer el pago correspondiente de arbitrios sobre un embarque siempre que sea a través de cheque certificado. El mismo se entregará al Encargado de la Oficina de Control de Puertos donde se procese el levante.
IV. Internet
Para obtener información de otros servicios que ofrece el Departamento de Hacienda puede acceder nuestra página en la Internet en la siguiente dirección: http://www. hacienda.gov.pr
Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo pueden comunicarse al 774-1494 ó 774-1419.
Recuerde, en Hacienda estamos para servirle.
Xenia Vélez Silva