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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 25-09 (“BI RI 25-09”)

Asunto

Extensión de la fecha límite para someter una solicitud del Beneficio por Retención de Empleados luego de los desastres naturales ocurridos en el año 2020

Atención

Todos los patronos

Boletín Informativo BI RI 25-09 02/12/2025 Rentas Internas

El 27 de diciembre de 2020 se aprobó el Consolidated Appropriations Act, 2021 (H.R. 133), U.S. Public Law 116-260, el cual contiene el Taxpayer Certainty and Disaster Tax Relief Act of 2020 (la “Ley”) para, entre otros asuntos, proporcionar beneficios contributivos a los contribuyentes afectados por los desastres naturales ocurridos durante el año 2020.

Conforme a lo dispuesto en la Sección 306 de la Ley, el Beneficio es aplicable a patronos de Puerto Rico únicamente en la medida en que el Departamento de Hacienda (“Departamento”) y el Departamento del Tesoro Federal (“Tesoro”) suscribiesen un plan mediante el cual se establecieran los requisitos de elegibilidad y los parámetros para la distribución del Beneficio en Puerto Rico.  Dicho plan, denominado como el Taxpayer Certainty and Disaster Tax Relief Act of 2020 Qualified Disaster Employee Retention Tax Credit Plan (el “Plan”) fue aprobado el 12 de enero de 2024.

A tales efectos, el 6 de junio de 2025, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 25-14 (“CC RI 25-14”) con el propósito de establecer los requisitos de elegibilidad de los patronos en Puerto Rico, conforme a lo estipulado en el Plan, y el procedimiento para que los patronos puedan solicitar el Beneficio.  Según la CC RI 25-14, la fecha límite para solicitar el Beneficio es el lunes, 1 de diciembre de 2025.

El Departamento ha recibido varias consultas por parte de patronos y sus representantes autorizados en las cuales expresan su preocupación de no haber podido cumplir a tiempo con la radicación de la solicitud del Beneficio. En atención a dichas inquietudes, el Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de notificar que la fecha límite para solicitar el Beneficio se extiende hasta el lunes, 1 de junio de 2026. 

Conforme a lo establecido en la CC RI 25-14, la Solicitud del Beneficio solo se puede solicitar de forma electrónica a través del SURI.  Para más información sobre los requisitos de elegibilidad y el procedimiento para solicitar el Beneficio, puede acceder la CC RI 25-14.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI o comunicarse al (787) 622-0123.

 

Cordialmente,

Lcdo. Ángel L. Pantoja Rodríguez

Secretario

 

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