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Boletín Informativo De Rentas Internas Núm. 22-07 (“BI RI 22-07”)

Asunto

Mecanismos de pago disponibles a partir de la fecha de actualización del Sistema Unificado de Rentas Internas

Atención

Todos los Contribuyentes

Boletín Informativo BI RI 22-07 11/02/2022 Rentas Internas

Según notificado en el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 22-05, este próximo lunes, 14 de febrero de 2022, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) estará lanzando una actualización al Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”).  Dicha actualización no afectará las radicaciones efectuadas hasta esa fecha. 

SURI es la herramienta digital del Departamento que permite integrar y agilizar la administración de los impuestos.  Actualmente, en SURI se efectúan todas las transacciones relacionadas a los tipos contributivo que administra el Departamento, incluyendo, pero sin limitarse a las transacciones de pago relativas a dichos tipos contributivos.

El Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de repasar las formas de efectuar un pago en SURI y aclarar los tipos de pago disponibles para efectuar cualquier transacción de pago a través de dicho sistema a partir del lunes, 14 de febrero de 2022, luego de la actualización.

Formas de Efectuar un Pago en SURI

Para efectuar un pago de cualquier tipo contributivo en SURI, puede utilizar cualquiera de las siguientes maneras:

A través de su cuenta en SURI

Para utilizar esta opción, siga los pasos que se indican a continuación:

Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseña.
En la sección Resumen, ubique la cuenta contributiva para la cual interesa efectuar el pago y en la opción Cuenta, seleccione el enlace Efectúe un pago. 
Escoja la opción que utilizará para efectuar el pago. 
Siga las instrucciones del sistema.  En la opción de Tipo de Pago, seleccione la alternativa que corresponda conforme a las descripciones indicadas en la Parte B de este Boletín Informativo, de manera que el pago sea aplicado correctamente.
Una vez completada la transacción de pago, el sistema le proveerá un resumen, junto con un número de confirmación.  Le exhortamos a conservar dicha información en sus expedientes.

A través de la página principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesión

Bajo esta opción, el contribuyente deberá ingresar toda su información personal cada vez que efectúe un pago.  Además, el sistema le requerirá que escoja el tipo de cuenta para la cual está efectuando el pago y la información del periodo de radicación.  Para utilizar esta opción, siga los pasos indicados a continuación:

Acceda a SURI a través de: https://suri.hacienda.pr.gov.
Desde la página principal, sin iniciar sesión, oprima el enlace Efectúe un pago que se encuentra disponible bajo la opción de Pagos.
Escoja la opción que utilizará para efectuar el pago. 
Siga las instrucciones del sistema e ingrese toda la información solicitada.  En la opción de Tipo de Pago, seleccione la alternativa que corresponda conforme a las descripciones indicadas en la Parte B de este Boletín Informativo, de manera que el pago sea aplicado correctamente.
Una vez completada la transacción de pago, el sistema le proveerá un resumen, junto con un número de confirmación.  Le exhortamos a conservar dicha información en sus expedientes.

Opciones de Tipos de Pago Disponibles en SURI

Al efectuar cualquier pago en SURI, el sistema requiere que se escoja una de las siguientes opciones de tipos de pago disponibles:

Pago a la cuenta - Al seleccionar esta opción, la cantidad pagada será aplicada a cualquier deuda pendiente, de acuerdo a las disposiciones de la Sección 6030.25 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”).  Por tanto, la cantidad pagada será aplicada al principal, interés, penalidades y recargos, en dicho orden.

Pago de auditoría - Esta opción se debe escoger de manera que la cantidad pagada sea aplicada a la deficiencia tasada como resultado de una auditoría o inspección.

Pago de periodo – Si escoge este tipo de pago, la cantidad pagada será aplicada a la deuda que aparece en el periodo contributivo seleccionado, de acuerdo a las disposiciones de la Sección 6030.25 del Código.  Por tanto, se aplicará al principal, interés, penalidades y recargos, en dicho orden.

Pago de planilla – Esta opción debe seleccionarse para efectuar cualquier pago cuya cantidad se deba aplicar al balance de la planilla.  En estos casos, es importante que se asegure de escoger el periodo contributivo correspondiente, de manera que el pago se aplique a la planilla del año contributivo correcto.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI.

 

Cordialmente,

Lcdo. Ángel L. Pantoja Rodríguez
Subsecretario