Se encuentra usted aquí

Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 21-03 (“BI RI 21-03”)

Asunto

Materias contributivas objeto de nuevas campañas de auditorías e investigaciones

Atención

Todos los contribuyentes

Boletín Informativo BI RI 21-03 19/02/2021 Rentas Internas

Con el fin de determinar la corrección de cualquier planilla o declaración, o con el fin de preparar una planilla cuando ninguna se hubiere rendido, el Secretario de Hacienda (“Secretario”) podrá, por conducto de cualquier funcionario o empleado del Departamento de Hacienda (“Departamento”), o por medios electrónicos, examinar cualesquiera libros, papeles, constancias o memorandos pertinentes a las materias que deben incluirse en la planilla o declaración, y podrá requerir la comparecencia de la persona que rinde la planilla o declaración o la de cualquier oficial o empleado de dicha persona, o la comparecencia de cualquier otra persona que tenga conocimiento tocante al asunto de que se trate, y tomarles declaración con respecto a las materias que por ley deban incluirse en dicha planilla o declaración, con facultad para tomar juramentos a dicha persona o personas.

El Negociado de Auditoria Fiscal del Área de Rentas Internas es el responsable de velar por el cumplimiento del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”), y otras leyes especiales. Además, el Negociado de Procesamiento de Planillas del Área de Rentas Internas viene encargado de procesar todas las planillas que se reciben en el Departamento y validar la información sometida por el contribuyente.

Por otra parte, el Departamento cuenta con un Área de Inteligencia y Fraude Contributivo cuyo fin es investigar los casos relacionados con posibles violaciones a las leyes fiscales y contributivas de Puerto Rico. 

El Departamento ha implementado unas estrategias para llevar a cabo las auditorías e investigaciones contributivas.  Como parte de dichas estrategias, el Departamento establecerá aquellas materias contributivas que identifique como prioritarias y desarrollar procesos de auditoría e investigaciones a los contribuyentes que se encuentren en esas categorías de materia contributiva.

Además, el Departamento como resultado de varias entrevistas y esfuerzos logrados, estará recibiendo por parte del Servicios de Rentas Internas Federal (“IRS”, por sus siglas en inglés) información contributiva reportada a contribuyentes residentes de Puerto Rico a nivel federal.

Por otra parte, el Departamento estará colaborando junto con el IRS con la documentación necesaria para cumplir con los planes de trabajo establecidos en la campaña de cumplimiento emitida por dicha agencia el 27 de enero de 2021 en relación a individuos con decretos de exención contributiva bajo Ley 22 de 2012, según enmendada (“Ley 22-2012”). 

El Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de informar a todos los contribuyentes las materias contributivas que serán objeto de nuevas campañas de auditorías e investigaciones que tanto el Negociado de Auditoria Fiscal del Área de Rentas Internas, como el Área de Inteligencia y Fraude Contributivo estarán realizando durante el año 2021 y años subsiguientes.  

El Departamento ha determinado como prioridad que los procesos de auditoría e investigaciones a llevarse a cabo comenzando durante el año 2021 estarán enfocados en las siguientes materias contributivas:

  1. Cumplimiento de entidades e individuos con los requisitos establecidos en los decretos de exención contributiva otorgados bajo las distintas leyes de incentivos y el Código, incluyendo, pero sin limitarse, a decretos emitidos bajo la Ley 22-2012.
  2. Cumplimiento con la declaración y pago de arbitrios de vehículos de motor.
  3. Cumplimiento con la declaración y pago de arbitrios de petróleo crudo, productos parcialmente elaborados y productos terminados derivados del petróleo y cualquier otra mezcla de hidrocarburos.
  4. Cumplimiento con el cobro y depósito del Impuesto sobre Ventas y Uso en ventas realizadas a través de medios electrónicos, incluyendo, pero no limitado a, ventas a través del Internet.
  5. Cumplimiento con el pago de contribución sobre ingresos y con el requisito de informar pagos por anuncios pagados a personas que utilizan medios o plataformas digitales, incluyendo, pero sin limitare a, los “influencers”, así como el cumplimiento con el reporte y pago de contribución sobre ingresos sobre premios, los “giveaways”, y compensación similar recibida a través de participaciones en medios o plataformas digitales.
  6. Cumplimiento con los requisitos de reporte y retención de contribuciones aplicables a las compañías dedicadas a la industria de construcción, incluyendo, compañías extranjeras. 

Además, el Secretario compartirá información con el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos en casos en donde, a base de información contributiva en nuestro sistema o ausencia de esta, pudiera existir alguna sospecha de pagos indebidos bajo el Programa de Asistencia por Desempleo por Pandemia (“PUA”, por sus siglas en inglés).

Por último, cualquier persona que dejare de rendir una planilla o declaración en la fecha establecida por ley, el Secretario procederá a preparar y enviar la planilla o declaración de oficio utilizando la información contributiva disponible en el sistema y aquella otra información que pueda obtener mediante testimonio o de otro modo.

Todo contribuyente que entienda que tiene una exposición contributiva bajo alguna de las materias mencionadas anteriormente e interese voluntariamente presentar una divulgación ante el Departamento antes de que se le notifique que estará sujeto a una auditoría o investigación, debe referirse a la Oficina de Divulgación Voluntaria del Negociado de Auditoría Fiscal y a las Determinaciones Administrativas Núm. 09-03 y 10-08 emitidas por el Departamento.

Cualquier información que una persona posea y desee compartir con el Departamento relacionada con el incumplimiento con cualquiera de las materias contributivas mencionadas anteriormente de manera confidencial podrá ser informada a través de SURI Confidencia en la página web del Departamento utilizando el enlace: https://suri.hacienda.pr.gov.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata. Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI.

 

Cordialmente,

Francisco Parés Alicea
Secretario

 

Documentos relacionados

Esta publicación hace referencia a:

A las siguientes Determinaciones Administrativas: