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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 20-21 (“BI RI 20-21”)

Asunto

Fecha límite para solicitar el Pago de Impacto Económico Federal por motivo del Covid-19 bajo las disposiciones de la Sección 2201 del Coronavirus Aid, Relief and Economic Security Act (Cares Act)

Atención

Individuos residentes de Puerto Rico durante todo el año 2019 o 2020

Boletín Informativo BI RI 20-21 15/12/2020 Rentas Internas

La ley federal conocida como el Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security Act (“Ley CARES”), aprobada el 27 de marzo de 2020, provee un incentivo económico a ciertos individuos elegibles pagadero durante el transcurso del año 2020 (“Pago de Impacto Económico” o el “Pago”).  Conforme a lo dispuesto en la Ley CARES, el Secretario del Tesoro Federal aprobó el 1 de mayo de 2020, el Plan de Distribución del Pago de Impacto Económico para Puerto Rico donde estableció, entre otras cosas, los requisitos de elegibilidad y las tres fases de distribución para los residentes de Puerto Rico (“Plan de Distribución”).

A tales efectos, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-30 (“CC RI 20-30”), con el propósito de establecer los requisitos de elegibilidad y el procedimiento para que todo individuo elegible en Puerto Rico reciba el Pago de Impacto Económico, conforme a lo estipulado en el Plan de Distribución. Además, el Departamento ha emitido los Boletines Informativos de Rentas Internas Núm. 20-12, Núm. 20-15 y Núm. 20-16 (“BI RI 20-12, 20-15 y 20-16”) para proveer información sobre cada una de las fases de distribución del Pago de Impacto Económico. 

A tenor con lo anterior, el Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de notificar que los enlaces en SURI relacionados a las Fase I, II y III del Plan de Distribución para solicitar el Pago de Impacto Económico estarán disponibles hasta el viernes, 18 de diciembre de 2020 a las 11:59 p.m.

Solicitud de Crédito Reembolsable en la Planilla de Contribución sobre Ingresos para el año contributivo 2020

Conforme al Plan de Distribución, el Departamento reitera que, en el caso de individuos que no hayan recibido el Pago de Impacto Económico durante el año 2020 y cumplan con los requisitos de elegibilidad establecidos en la CC RI 20-30, éstos podrán solicitar un crédito reembolsable en la Planilla de Contribución sobre Ingresos para el año contributivo 2020 (“Planilla 2020”). Esto aplicará a todo individuo que tenga o no la obligación de rendir la Planilla 2020 bajo las disposiciones de la Sección 1061.01 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado. 

Casos de Discrepancia en Nombre o Número de Identificación

Aquellos individuos que no hayan recibido el Pago de Impacto Económico, ya sea por discrepancia en el nombre o en el número que surge de la tarjeta del seguro social, y vayan a solicitar el mismo en su Planilla 2020, podrán proceder como sigue:

  1. Enviar un mensaje de manera segura a través de su cuenta en SURI o a través del enlace titulado “Asistencia en SURI” que se encuentra en la página principal de SURI.
  2. Deberá acompañar copia de su tarjeta de seguro social de manera que el Departamento pueda corroborar su información y así facilitar el trámite al momento de rendir su Planilla 2020.

Casos de Solicitud de Envío de Pago de Impacto Económico mediante Cheque

De otra parte, en el caso de aquellos individuos elegibles que aún no hayan recibido su Pago de Impacto Económico y que hayan solicitado que el mismo sea enviado mediante cheque, deberán proceder como sigue:

  1. Deberá enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI o a través del enlace “Asistencia en SURI” que se encuentra en la página principal de SURI para asegurarse que el Pago haya sido devuelto al Departamento por el Servicio Postal de los Estados Unidos.
  2. El Departamento le enviará una confirmación a través de SURI y le proveerá instrucciones correspondientes de cómo debe proceder.

Para información adicional relacionada a Pagos de Impacto Económico, refiérase a la CC RI 20-30 y a los BI RI 20-12, 20-15 y 20-16 disponibles en la Sección de Publicaciones Oficiales de la página web del Departamento.

 

 

Cordialmente,

Angel L. Pantoja Rodríguez
Subsecretario