El Departamento de Hacienda (“Departamento”) anualmente revisa y publica una nueva versión de los formularios de Comprobantes de Retención (Formularios 499R-2/W-2PR, 499R-2c/W-2cPR y 499 R-3) y Declaraciones Informativas (Formularios 480.6A. 480.6B, 480.6B.1, 480.6C, 480.30, 480.6D, 480.7, 480.7A, 480.7B, 480.7C, 480.7D y 480.5) que requieren ser sometidos por un patrono o agente retenedor para el año.
El Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de notificar la publicación de los formularios de Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas para el año 2018 e informar los cambios más significativos realizados a dichos formularios.
Según previamente notificado en el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 18-16 emitido el 2 de octubre de 2018, la radicación de todos los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas correspondientes al año 2018 debe ser realizada únicamente por medios electrónicos a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”). Próximamente el Departamento estará emitiendo una publicación para proveer más detalles del proceso de radicación electrónica de dichos formularios a través de SURI.
La versión “para propósitos informativos solamente” de los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas para el año 2018 se puede acceder a través de nuestra página de internet, www.hacienda.pr.gov, bajo el área de Planillas, Formularios y Anejos.
A continuación se mencionan los cambios más significativos realizados a dichos formularios:
A. Formularios 499R-2/W-2PR y 499R-2c/W-2cPR – Comprobante de Retención y Corrección al Comprobante de Retención
1. Se añadió un encasillado en la información general para que el patrono indique si la remuneración reportada en el formulario incluye pagos al empleado por concepto de:
- Servicios prestados por un médico cualificado que posea un decreto vigente bajo la Ley 14-2017, conocida como la Ley de Incentivos para la Retención y Retorno de Profesionales Médicos (“Ley 14-2017”) (Opción A);
- Servicios domésticos en el hogar, club colegial local, o capítulo local de una fraternidad o sororidad colegial (para propósitos de la Administración del Seguro Social) (Opción B); o
- Cualquier otro servicio que el Departamento requiera mediante reglamento, determinación administrativa o carta circular, en cuyo caso deberá indicar el concepto del pago de salarios (Opción C).
2. Se añadió un encasillado de salarios exentos adicional (Encasillado 16B) para que el patrono pueda informar por separado los salarios exentos por hasta tres conceptos diferentes. Esto es, salarios exentos con tres códigos de exención diferentes.
3. Se modificó el código de exención G en los Encasillados 16, 16A y 16B para reportar los salarios exentos por concepto de Pagos por desastre declarados exentos por el Gobernador de Puerto Rico o el Presidente de los Estados Unidos.
4. Se añadieron dos códigos de exención adicionales (Códigos H e I) en los Encasillados 16, 16A y 16B para reportar los salarios exentos por concepto de: (i) pagos a empleados públicos bajo el Programa de Transición Voluntaria, conforme a las Órdenes Administrativas 2017-05 y 2017-06 emitidas por la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (“AAFAF”), y (ii) compensación o indemnización pagada a un empleado por razón de despido bajo la Sección 1031.01(b)(11) del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”), respectivamente.
5. Se incluyeron instrucciones más detalladas en el Comprobante de Retención (Formulario 499R-2/W-2PR), tanto para la persona que prepara como para la persona que recibe el formulario.
B. Formulario 480.6A - Declaración Informativa – Ingresos No Sujetos a Retención
1. Se añadió un encasillado en la información general para reportar el total de aportación especial por servicios profesionales y consultivos conforme a la Ley 48-2013, según enmendada (“Ley 48-2013”). Este encasillado será utilizado únicamente por agencias, dependencias o instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, corporaciones públicas, así como la Rama Legislativa, la Oficina del Contralor, la Oficina del Procurador del Ciudadano y la Rama Judicial (en adelante y en colectivo, “Gobierno”).
2. Se añadió un encasillado en la información general para reportar la cantidad monetaria que reembolsó al proveedor del servicio por los gastos pagados por él y que fueron presentados separadamente en las facturas. El total informado en esta partida no formará parte del total de los pagos por servicios que se reportan en los Encasillados 1 y 2 del formulario.
3. Se añadió un encasillado en la información general a ser utilizado por toda entidad aseguradora de servicios de salud (“Asegurador”) para indicar la cantidad por concepto de deducibles, coaseguros y copagos que le corresponde pagar a una persona asegurada al proveedor de quien recibió los servicios de salud, conforme al contrato entre el Asegurador y el proveedor de servicios de salud. Para el año 2018 será opcional completar este encasillado. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que todo Asegurador informe las cantidades aplicables por este concepto.
4. Se añadió un espacio en los encasillados de Pagos por Servicios Prestados por Individuos y Pagos por Servicios Prestados por Corporaciones y Sociedades (Encasillados 1 y 2, respectivamente) para marcar si la cantidad reportada en la columna de Cantidad Pagada incluye pagos a proveedores de servicios de salud.
5. Se añadió un encasillado de Primas de Seguros Pagadas (Encasillado 10) para reportar la cantidad total pagada por concepto de primas de seguros directamente relacionadas a la operación de una industria o negocio. Para el año 2018 será opcional completar este encasillado. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que toda industria o negocio informe las cantidades pagadas por este concepto.
6. Se añadió un encasillado de Servicios de Telecomunicaciones Pagados (Encasillado 11) para reportar la cantidad total pagada por concepto de servicios de telecomunicaciones, según definidos en la Sección 4010.01(kk) del Código, directamente relacionados a la operación de una industria o negocio. Para el año 2018 será opcional completar este encasillado. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que toda industria o negocio informe las cantidades pagadas aplicables a este concepto.
7. Se añadió un encasillado de Anuncios Pagados (Encasillado 12) para reportar la cantidad total pagada por concepto de anuncios, promoción, publicidad y mercadeo directamente relacionados a la operación de una industria o negocio. Para el año 2018 será opcional completar este encasillado. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que toda industria o negocio informe las cantidades pagadas por este concepto.
8. Se añadió un encasillado de Pagos por Servicios de Internet y Televisión por Cable o Satélite (Encasillado 13) para reportar la cantidad total pagada por concepto de servicios de acceso a internet y servicios de televisión por cable o satélite directamente relacionados a la operación de una industria o negocio. Para el año 2018 será opcional completar este encasillado. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que toda industria o negocio informe las cantidades pagadas aplicables a este concepto.
9. Se añadió un encasillado de Regalías (Encasillado 14) para reportar la cantidad total pagada por toda industria o negocio a cambio del uso o privilegio de utilizar un intangible. Para el año 2018 será opcional completar este encasillado. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que toda industria o negocio informe las cantidades pagadas aplicables a este concepto.
C. Formulario 480.6B - Declaración Informativa – Ingresos Sujetos a Retención
1. Se añadió un encasillado en la información general para reportar el total de aportación especial por servicios profesionales y consultivos conforme a la Ley 48-2013 a ser utilizado únicamente por el Gobierno.
2. Se añadió un encasillado en la información general para reportar la cantidad monetaria que reembolsó al proveedor del servicio por los gastos pagados por él y que fueron presentados separadamente en las facturas. El total informado en esta partida no formará parte del total de los pagos por servicios que se reportan en los Encasillados 1 y 2 del formulario.
3. Se añadió un encasillado en la información general a ser utilizado por todo Asegurador para indicar la cantidad por concepto de deducibles, coaseguros y copagos que le corresponde pagar a una persona asegurada al proveedor de quien recibió los servicios de salud, conforme al contrato entre el Asegurador y el proveedor de servicios de salud. Para el año 2018 será opcional completar este encasillado. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que todo Asegurador informe las cantidades aplicables por este concepto.
4. Se añadió un espacio en los encasillados de Pagos por Servicios Prestados por Individuos y Pagos por Servicios Prestados por Corporaciones y Sociedades (Encasillados 1 y 2, respectivamente) para marcar si la cantidad reportada en la columna de Cantidad Pagada incluye pagos a proveedores de servicios de salud.
5. Se añadió un espacio en los encasillados de Pagos por Servicios Prestados por Individuos y Pagos por Servicios Prestados por Corporaciones y Sociedades (Encasillados 1 y 2, respectivamente) para marcar si la cantidad reportada en la columna de Cantidad Pagada corresponde a pagos por servicios prestados por médicos cualificados que posean un decreto bajo la Ley 14-2017, en la medida que los mismos constituyan ingreso elegible bajo dicho decreto.
D. Formulario 480.6B.1 – Estado de Reconciliación Anual de Ingresos Sujetos a Retención
1. Se simplificó el formulario para atemperarlo al proceso de radicación electrónica del mismo a través del SURI.
2. Se añadió una Parte III a ser completada únicamente por corredores, agentes y otros intermediarios financieros (en adelante y en colectivo, “Intermediarios Financieros”) que reportan una contribución que fue retenida y depositada por el emisor o entidad que efectuó el pago. Para el año 2018 solo se requerirá completar la información que tenga disponible el Intermediario. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que se complete toda la información contenida en esta parte.
E. Formulario 480.6C - Declaración Informativa – Ingresos Sujetos a Retención – No Residentes
1. Se añadió un encasillado en la información general para reportar el total de aportación especial por servicios profesionales y consultivos conforme a la Ley 48-2013 a ser utilizado únicamente por el Gobierno.
F. Formulario 480.30 – Planilla Anual de Contribución sobre Ingresos Retenida en el Origen – No Residentes
1. Se simplificó el formulario para atemperarlo al proceso de radicación electrónica del mismo a través del SURI.
2. Se añadió una Parte III a ser completada únicamente por corredores, agentes y otros intermediarios financieros (en adelante y en colectivo, “Intermediarios Financieros”) que reportan una contribución que fue retenida y depositada por el emisor o entidad que efectuó el pago. Para el año 2018 solo se requerirá completar la información que tenga disponible el Intermediario. Sin embargo, a partir del año 2019 el Departamento requerirá que se complete toda la información contenida en esta parte.
G. Formulario 480.6D - Declaración Informativa – Ingresos Exentos y Excluidos e Ingresos Exentos Sujetos a Contribución Básica Alterna
1. Se eliminó el encasillado de Compensación o Indemnización Pagada a un Empleado por Razón de Despido bajo la Sección 1031.01(b)(11) del Código, toda vez que dichos pagos se informarán en el Comprobante de Retención como salarios exentos bajo el código de exención “I”.
H. Formulario 480.7A – Declaración Informativa – Intereses Hipotecarios
1. Se añadió el encasillado de Dirección Física de la Propiedad Sujeta al Préstamo para indicar la localización de la propiedad que garantiza el préstamo hipotecario.
I. Formulario 480.7C – Declaración Informativa – Planes de Retiro y Anualidades
1. Se añadió un encasillado de Ingresos Exentos (Encasillado 20) para reportar la porción de una distribución que corresponda a ingresos exentos.
J. Formulario 480.5 - Resumen de las Declaraciones Informativas
1. Se añadió un encasillado de Penalidad Retenida para reportar el total incluido en el Encasillado 6 de todos los Formularios 480.7, Declaración Informativa – Cuenta de Retiro Individual.
K. Nuevos Formularios de Estados de Reconciliación para el Año 2018
1. Formulario 480.7B.1 – Estado de Reconciliación Anual de Contribución Retenida de Cuentas de Retiro Individual y Cuentas de Aportación Educativa
Para el año 2018 se crea este formulario para que el agente retenedor resuma el total de las contribuciones retenidas por categoría reportadas en los Formularios 480.7 “Declaración Informativa – Cuenta de Retiro Individual” y 480.7B “Declaración Informativa – Cuenta de Aportación Educativa”.
2. Formulario 480.7C.1 – Estado de Reconciliación Anual de Contribución Retenida de Planes de Retiro y Anualidades
Para el año 2018 se crea este formulario para que el agente retenedor resuma el total de las contribuciones retenidas por categoría reportadas en el Formulario 480.7C “Declaración Informativa – Planes de Retiro y Anualidades”.
Una vez el Comprobante de Retención o Declaración Informativa sea radicado electrónicamente en el Departamento a través de SURI, el patrono o agente retenedor deberá entregar dos (2) copias del mismo a la persona que recibió el pago. Dichas copias podrán ser entregadas por medios electrónicos, según se establece en la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 16-11 emitida el 28 de septiembre de 2016 (“CC RI 16-11”). Para detalles de los requisitos con los que el patrono o agente retenedor debe cumplir para poder enviar estos formularios por medios electrónicos, favor referirse a la CC RI 16-11.
Finalmente, la fecha de vencimiento para rendir los formularios de Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas para el año 2018 y para entregar copia de los mismos a la persona que recibió el pago se detalla a continuación:
Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata.
Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, puede comunicarse al (787) 622-0123, opción 4.
Cordialmente,
Francisco Parés Alicea
Secretario Auxiliar
Áreas de Rentas Internas y Política Contributiva