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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 12-06

Asunto

Extensión de tiempo para someter evidencia

Atención

Todo comerciante que haya recibido el modelo SC 2925 "Notificación de falta de radicación de la planilla mensual del impuesto sobre ventas y uso" con fecha límite de cumplimiento durante abril de 2012

Boletín Informativo BI 12-06 13/04/2012 Rentas Internas

Las Secciones 4041.02 y 4042.03 del Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, según enmendado ("Código") establece la obligación de todo comerciante, clasificado ante el Departamento de Hacienda ("Departamento") como agente retenedor del impuesto sobre ventas y uso ("IVU"), de rendir una planilla mensual del IVU acompañada del IVU recaudado, si alguno, no más tarde del décimo (10mo) día del mes siguiente a la fecha de la transacción objeto del impuesto. El incumplimiento con esta obligación conlleva, entre otras cosas, la imposición de intereses, recargos y penalidades; así como la posibilidad de sanciones civiles y/o criminales.

Con el fin de hacer cumplir las leyes contributivas y allegar fondos al fisco, el Departamento ha estado trabajando arduamente para mejorar la fiscalización del IVU. Entre los esfuerzos de fiscalización se encuentra la implementación de un procedimiento continuo de requerimiento de planillas mensuales del IVU a través del Modelo SC 2925, conocido como "Notificación de Falta de Radicación de la Planilla Mensual del impuesto sobre Ventas y Uso" ("Modelo SC 2925"). Este esfuerzo ha permitido traer al sistema a muchos comerciantes que estaban incumpliendo con su responsabilidad contributiva desde el año 2006.

A estos efectos, varios comerciantes y representantes legales, han solicitado que se permita una extensión de tiempo para efectuar las verificaciones necesarias sobre este asunto y someter las evidencias correspondientes ya que, parte de los envíos del Modelo SC 2925 y la fecha límite otorgada en este para contestar el mismo, ha coincidido con la fecha de radicación de las planillas de contribución sobre ingresos al 17 de abril de 2012.

Considerando lo anterior, el propósito de este Boletín Informativo es conceder una extensión de tiempo, no mayor de treinta (30) días de la fecha límite concedida en el Modelo SC 2925, para fines de someter las planillas mensuales del IVU para los periodos notificados.

Cabe señalar que esta extensión de tiempo no implica en modo alguno la eliminación de la imposición de intereses, recargos o penalidades, que puedan ser aplicables.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada  a las disposiciones  de este Boletín Informativo, puede comunicarse con nuestro personal a través del (787) 200-7900, Opción Núm. 2.

Cordialmente,

Jesús F. Méndez Rodríguez

Temas: Planilla mensual IVU
Audiencias: Comerciante
Tipo de contribución: Impuesto sobre Ventas y Uso ("IVU")

Documentos relacionados

Esta publicación hace referencia a:

Las siguientes secciones del Código de Rentas Internas:

  • 4041.02
  • 4042.03

 

Esta publicación está relacionada a las siguientes leyes:

Anejos

  • Modelo SC 2925 (Notificación de falta de radicación de la planilla mensual del impuesto sobre ventas y uso)