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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 10-01

Asunto

Opción para obtener electrónicamente Certificación de deuda contributiva y certificación de radicación de planillas de contribución sobre ingresos

Atención

Todos los contribuyentes

Boletín Informativo BI 10-01 15/01/2010 Rentas Internas

El Plan Estratégico 2009-2012 del Departamento de Hacienda ("Departamento") tiene como uno de sus objetivos principales simplificar procesos y mejorar los servicios ofrecidos a nuestros contribuyentes. Conforme a lo anterior, uno de los medios con los que contamos para mejorar los procesos existentes es el usa de trámites electrónicos.

La solicitud de certificación de deuda y la solicitud de radicación de planillas de contribución sobre ingresos son unos de los servicios mas solicitados ante el Departamento ya que estas certificaciones son esenciales para muchos trámites personales que realizan nuestros contribuyentes. Por lo tanto, el Departamento entiende que la emisión electrónica de estas certificaciones le proveerá al contribuyente un mecanismo ágil, rápido y accesible, a la vez que le permitirá al Departamento utilizar sus recursos de una forma mas efectiva.

Este Boletín Informativo tiene el propósito de informar el mecanismo recientemente implementado par el Departamento para facilitar la emisión electrónica de certificados de deudas y certificados de radicación de planillas de contribución sobre ingresos de individuos y corporaciones.

Cónsonos con la Ley Núm. 151 de 22 de junio de 2004, según enmendada, mejor conocida como "Ley de Gobierno Electrónico" y la Ley Núm. 85 de 20 de agosto de 2009, conocida como "Ley de Certificados y Comprobantes Electrónicos", por este medio informamos que desde diciembre de 2009, el servicio de emisión de certificaciones de deudas y certificaciones de radicación de planillas de contribución sobre ingresos se encuentra disponible por medias electrónicos.

A estos efectos, los contribuyentes podrán solicitar el Modelo SC 6096 A, denominado "Certificación de Deuda Vía Electrónica" o el Modelo SC 6088 A, denominado "Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos Vía Electrónica", a través del portal del Gobierno de Puerto Rico: www.gobierno.pr o a través de un enlace a Colecturía Virtual en nuestro portal de Internet: www.hacienda.gobierno.pr.

Para poder solicitar cualquiera de estas certificaciones, el contribuyente deberá registrarse a través del portal del Gobierno de Puerto Rico o en Colecturía Virtual disponible en nuestra página de Internet. Una vez el contribuyente complete las instrucciones que aparezcan en la página, la certificación solicitada se enviará al correo electrónico que el contribuyente haya registrado en el sistema para que pueda proceder a imprimirla. Cada certificación emitida informará que fue solicitada electrónicamente y se indicará la fecha y hora.

La emisión de las certificaciones por vía electrónica será libre de costo.  No obstante, todo contribuyente que desee obtener una certificación de radicación de planillas de contribución sobre ingresos visitando nuestras Colecturías o Centro de Servicio al Contribuyente, la podrá obtener, sujeto a las reglas y cargos establecidos.

Al igual que las certificaciones de deuda y de radicación de planillas de contribución sobre ingresos emitidas tradicionalmente en cualquiera de nuestras Colecturías o Centros de Servicio al Contribuyente (Modelos SC 6096 y SC 6088, respectivamente), las certificaciones emitidas electrónicamente proveen la información que se refleja en nuestro sistema contributivo.

Por lo tanto, la "Certificación de Deuda Vía Electrónica" y la "Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos Vía Electrónica" tienen igual validez que las certificaciones regularmente obtenidas y selladas directamente en el Departamento. De acuerdo a lo anterior, estas constituyen evidencia que deberá ser aceptada para cualquier gestión personal pertinente de un contribuyente tanto ante personas de la empresa privada, como ante las agencias, municipios, corporaciones públicas e instrumentalidades de nuestro Gobierno.

Toda certificación emitida electrónicamente contendrá un código de control en la faz del documento. Este código de control permite corroborar en cualquier momento y por cualquier contribuyente si la certificación fue emitida por el Departamento; con el fin de evitar fraude. Esta corroboración puede realizarse a través de www.gobierno.pr/validacionelectronica.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata.

Para cualquier aclaración o información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, pueden comunicarse al Negociado de Servicio al Contribuyente a través del (787) 722-0216 o del correo electrónico infoserv@hacienda.gobierno.pr.

En Hacienda estamos para servirle.

Cordialmente,

Juan Carlos Puig

Secretario de Hacienda