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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 02-02

Asunto

Distribución de Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas

Atención

Patronos y Agentes Retenedores

Boletín Informativo BI 02-02 21/11/2002 Rentas Internas

La Sección 1141(n)(2) del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendado (Código), establece que todo patrono obligado a deducir y retener la contribución en el origen sobre salarios de un empleado, suministrará a cada uno de dichos empleados un Comprobante de Retención (Formulario 499R-2/W-2PR) no más tarde del 31 de enero del año siguiente.

Por otro lado, el Código establece que todas las personas dedicadas a industria o negocio en Puerto Rico que realicen pagos por concepto de rentas, compensaciones, beneficios, intereses, dividendos, servicios prestados, o indemnización judicial, entre otros, deberán rendir una Declaración Informativa (Formularios 480.5, 480.6A y 480.6B) no más tarde del 28 de febrero del año siguiente.

A finales de julio de 2002, se envió a los patronos, corporaciones públicas y privadas, agencias del gobierno estatal y municipal, o representantes de compañías (en adelante agentes retenedores), la Notificación a Patronos y Agentes Retenedores, Suministro de Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas (Modelo SC 6134).

Según indicamos en el Aviso Importante del 18 de octubre de 2002, este año el Departamento de Hacienda (Departamento) ha implantado el mecanismo de la radicación del Comprobante de Retención y las Declaraciones Informativas (Formularios) mediante medios magnéticos o transferencia electrónica, para aquellos agentes retenedores obligados a rendir 15 o más de estos Formularios. Por lo tanto, el envío por correo de estos Formularios se hará únicamente a aquellos agentes retenedores que solicitaron menos de 15 Formularios, y el mismo se completará no más tarde del 15 de diciembre de 2002.

No obstante, el 12 de noviembre de 2002 el Departamento envió una Notificación a todos los agentes retenedores, incluyendo a aquellos obligados a rendir menos de 15 Formularios, asignando el código de acceso para utilizar el Programa de Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas 2002 (Programa) desarrollado por el Departamento. Por lo tanto, todos los agentes retenedores tienen la opción de utilizar el Programa, aunque no estén obligados a rendir los Formularios a través de medios magnéticos.

La persona que pase a recoger los Formularios, excepto los Especialistas en Planillas, Declaraciones o Reclamaciones de Reintegros (Especialistas) a quienes les aplican los requisitos que más adelante se detallan, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Presentar una carta oficial (en papel timbrado) que especifique:

a. Nombre del agente retenedor.

b. Número de cuenta patronal.

c. Cantidad de Comprobantes de Retención o Declaraciones Informativas
    solicitados.

d. Nombre de la persona autorizada a recibir los Formularios.

2. Presentar una identificación con foto.

3. Recoger los Formularios a partir del 15 de diciembre de 2002.

Los Especialistas que solicitan Comprobantes de Retención o Declaraciones Informativas, por su parte, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1. Presentar una lista de sus clientes que incluya el nombre del cliente, número de cuenta patronal y cantidad de Comprobantes de Retención o Declaraciones Informativas solicitadas por cada cliente.

2. Presentar el original del Modelo SC 6134 de cada cliente para evitar la duplicidad en la solicitud de los Formularios.

3. Presentar una carta firmada por cada cliente en la cual autoriza al Especialistaa gestionar la solicitud y a recoger los Formularios.

4. Indicar su número de seguro social o cuenta patronal y número de registro como Especialista.

5. Presentar una identificación con foto de la persona autorizada a recoger los Formularios.

6. Recoger los Formularios a partir del 15 de diciembre de 2002.

Estos Formularios se distribuirán en:

San Juan
Departamento de Hacienda Negociado de Procesamiento de Planillas Sección Aplicación de Pagos Patronal y Estimada Piso 5, Oficina 511
Edificio Intendente Alejandro Ramírez
10 Paseo Covadonga
Tel: (787) 721-2020 ext. 2605 a 2608
Fax: (787) 977-3806 y (787) 725-3327

Oficinas de Servicio al Contribuyente:

Mayagüez Ponce
Centro Gubernamental 1er Piso, Oficina 102 Calle Nenadich # 50 Tel: (787) 265-5200 Fax: (787) 834-3919 Edificio Eurobank Avenida Hostos # 26 Tel: (787) 844-8800 Fax: (787) 842-3856

Es importante aclarar que el Negociado de Procesamiento de Planillas y las Oficinas de Servicio al Contribuyente no tramitarán solicitudes de los Formularios que no cumplan con los requisitos antes mencionados.

Para obtener información adicional sobre el Programa, puede comunicarse al (787) 721-2020 extensiones 2592, 2593, 2594, 2595, 2596 y 2597.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tendrán vigencia inmediata.

Cordialmente,

Juan A. Flores Galarza