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Boletín Informativo de Política Contributiva Núm. 14-03

Asunto

Pago del cargo especial de dos por ciento (2%) cobrado en transferencias de dinero al extranjero conforme a la Ley 136-2014

Atención

Negocios de Transferencia Monetarias

BI 14-03 07/11/2014 Rentas Internas

El Artículo 2 de la Ley 136-2014 (“Ley 136-2014”) añadió la Sección 3.10 a la Ley 136-2010, según enmendada, conocida como la “Ley para Regular los Negocios de Servicios Monetarios” (“Ley 136-2010”).  Esta enmienda impone un cargo especial de dos por ciento (2%) sobre cada transferencia de dinero, tramitada o completada por medios electrónicos, cheque, giro, fax, transporte aéreo o por otros medios, desde la jurisdicción de Puerto Rico, hacia alguna entidad, persona o empresa en el extranjero, incluyendo la jurisdicción de Estados Unidos (“Cargo Especial”).  El Cargo Especial es efectivo a transacciones realizadas a partir del 1 de septiembre de 2014.

El 15 de octubre de 2014, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió la Determinación Administrativa Núm. 14-26 (“DA 14-26”) con el fin de establecer que el Cargo Especial cobrado debe ser remitido al Departamento, a través de cualquier Colecturía de Rentas Internas (“Colecturía”), no más tarde del décimo (10mo) día del mes siguiente a la fecha en que ocurrió el cobro del Cargo Especial.  Además, se informó que para poder realizar el pago, deberá utilizar el Formulario 480.9H “Comprobante de Pago del Cargo Especial establecido en la Ley 136-2014” (“Formulario 480.9H”), el cual está disponible en nuestra página de internet www.hacienda.pr.gov, bajo el área de Planillas, Formularios y Anejos y en cualquiera de nuestras Colecturías.

El Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de notificar a los Negocios de Transferencias Monetarias que el Cargo Especial cobrado también podrá ser remitido por medios electrónicos, a través del servicio de Colecturía Virtual.

El Cargo Especial que haya sido cobrado del 1 de octubre hasta el 15 de octubre de 2014 (fecha de publicación de la DA 14-26), debe ser remitido al Departamento no más tarde del lunes 10 de noviembre de 2014.  Este pago puede realizarse a través de Colecturia Virtual accediendo el siguiente enlace https://colecturia.hacienda.gobierno.pr/Portal/.  El Negocio de Transferencias Monetarias tambien puede remitir el pago del Cargo Especial en cualquiera de nuestras Colecturías.  

Cabe señalar que, para poder realizar el pago a través de Colecturía Virtual, el Negocio de Transferencias Monetarias deberá estar registrado en PRITAS.  De no estar registrado, deberá completar el Formulario Modelo SC 4809 “Informe de Número de Identificación – Organizaciones (Patronos)”, el cual está disponible en nuestra página de internet www.hacienda.pr.gov, bajo el área de Planillas, Formularios y Anejos.  Dicho modelo deberá radicarse en el Departamento, Edificio Intendente Ramírez, oficina 108.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata. 

Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta Boletín Informativo, puede comunicarse con la Sección de Consultas Generales al (787) 722-0216, opción 8.

Cordialmente,

Karolee García

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Esta publicación hace referencia a:

Las siguientes Determinaciones Administrativas:

Esta publicación está relacionada a las siguientes leyes:

  • Ley 136-2014
  • Ley 136-2010