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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 07-11

Asunto

Depósito de Protección Ambiental

Carta Circular CC 07-11 04/05/2007 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

La Ley Núm. 290 de 26 de diciembre de 2006 (Ley Núm. 290), entre otras cosas, enmendó el Artículo 8 de la Ley Núm. 172 de 31 de agosto de 1996, según enmendada, y derogó la Ley Núm. 278 de 14 de septiembre de 2004. La Ley Núm. 290 comenzó a regir el 1 de enero de 2007.

Previo a la Ley Núm. 290, un consumidor, en síntesis, pagaba un depósito de protección ambiental (Depósito) de cincuenta (50) centavos por cada cuarto (1/4) de galón de aceite lubricante comprado y tenía treinta (30) y noventa (90) días para depositar el aceite usado en un centro de recolección y acudir donde el vendedor al detal de quien adquirió el aceite lubricante, respectivamente, con el fin de recobrar la cantidad del Depósito satisfecha.

Conforme a las enmiendas introducidas por la Ley Núm. 290, un consumidor paga como Depósito un (1) dólar por cada envase de un cuarto (1/4) de galón de aceite lubricante comprado y posee noventa (90) y ciento veinte (120) días para depositar el aceite usado en un centro de recolección y acudir donde el vendedor al detal de quien adquirió el aceite lubricante, respectivamente, con el propósito de recuperar el monto del Depósito satisfecho.

Esta Carta Circular tiene el propósito de notificar el formulario correspondiente para que los vendedores al detal de aceite lubricante informen y remitan al Departamento de Hacienda (Departamento) el monto del Depósito no reclamado.

II. Determinación

Como resultado de los cambios introducidos por la Ley Núm. 290, el Departamento modificó la Planilla Cuatrimestral sobre el Depósito de Protección Ambiental (Modelo SC 2222). Así pues, los vendedores al detal de aceite lubricante no utilizarán la Planilla Trimestral sobre el Depósito de Protección Ambiental (ModeloSC 2233), sino el Modelo SC 2222. Dicha planilla vence el décimo (10mo) día del mes siguiente al mes en que termina cada cuatrimestre de un año calendario. No obstante, toda vez que la planilla para el cuatrimestre terminado el 30 de abril de 2007 vence el próximo 10 de mayo de 2007, se extiende la fecha de presentación hasta el 17 de mayo de 2007.

Por otra parte, aquellos vendedores al detal de aceite lubricante que utilizaron el Modelo SC 2233 para remitir el Depósito al Departamento incluirán la cantidad pagada con dicha planilla en la línea 12 del Modelo SC 2222.

El Modelo SC 2222 se encuentra disponible en la página electrónica del Departamento, www.hacienda.gobierno.pr. Además, puede solicitar los referidos modelos en la División de Formas y Publicaciones del Departamento a través del (787) 721-2020 extensiones 2645 y 2646.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Cordialmente,

Juan C. Méndez Torres