I. BASE LEGAL
La Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974, Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico, según enmendada, faculta al Secretario de Hacienda (Secretario), entre otras funciones, diseñar o aprobar la organización fiscal, los sistemas de contabilidad y los procedimientos de pagos e ingresos de todas las dependencias y entidades corporativas, y de preparar los informes de todas las operaciones del Gobierno.
La Orden Ejecutiva Núm. OE 2021-018, designa las funciones del Principal Oficial Financiero (CFO) al Secretario de Hacienda. El CFO será el Principal Oficial del Gobierno de Puerto Rico responsable de que los Estados Financieros Auditados se emitan a tiempo. A estos efectos, se ordena a toda agencia, instrumentalidad y corporación pública del Gobierno de Puerto Rico a proveer al CFO o cualquier agencia o entidad autorizada por este, la información necesaria para poder entregar los Estados Financieros Auditados, según requerido.
II. PROPÓSITO
El propósito de esta Carta Circular es notificar a todas las agencias, corporaciones y dependencias del Gobierno de Puerto Rico la fecha para emitir los Estados Financieros Auditados del año fiscal 2026.
III. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
A. Cada Director Ejecutivo y Director de Finanzas deberá firmar y devolver el Formulario de Reconocimiento del Calendario de Auditoría FY 2026 y Compromiso con la Emisión de los Estados Financieros, (Anejo 1) a más tardar el 31 de agosto de 2026.
B. Un informe de cumplimiento con esta iniciativa será enviado a la Gobernadora, Hon. Jennifer A. González Colón el 30 de septiembre de 2026.
C. Además, deberá contestar el documento adjunto Audit Readiness Questionnaire (Cuestionario de Preparación para la Auditoría), (Anejo 2). Esta herramienta está diseñada para facilitar la identificación temprana de posibles brechas en la documentación, controles o sistemas que puedan afectar el calendario de auditoría. El cuestionario será un punto de discusión con asesores designados por el Departamento de Hacienda, quienes estarán comunicándose con las agencias para apoyarlos en la preparación del cuestionario y la identificación de los riesgos.
D. Las unidades componentes deberán completar y remitir semanalmente al Equipo de Estados Financieros del Departamento de Hacienda el Weekly Audit Information Request (Solicitud Semanal de Información de Auditoría) Anejo 3, con antelación suficiente a cada reunión de seguimiento y conforme al calendario o medio de entrega que comunique dicho equipo. El informe deberá presentar un plan de trabajo claro y la información necesaria para evaluar el progreso de la auditoría, incluyendo, según aplique lo siguiente:
(1) La etapa actual de la auditoría, las semanas en la etapa y si el progreso se encuentra conforme a lo esperado.
(2) El estatus de la lista de entregables para la auditoría, conocida como PBC Provided by Client List o plan de trabajo, incluyendo el total de partidas, el porcentaje y la cantidad entregada, el porcentaje y la cantidad trabajada o completada, las solicitudes nuevas, las partidas reabiertas y los asuntos críticos pendientes.
(3) El registro de muestras Sample Log, incluyendo el número de pruebas o áreas de prueba, el total de muestras, la cantidad y el porcentaje entregado, la cantidad y el porcentaje trabajado o depurado, y las muestras pendientes.
(4) El registro de control de confirmaciones Confirmation Control Log, incluyendo el total de confirmaciones, las confirmaciones preparadas, enviadas, recibidas y pendientes.
(5) Las fechas clave, riesgos, dependencias, responsables, fechas compromiso, acciones requeridas y el apoyo solicitado al Equipo de Estados Financieros del Departamento de Hacienda.
E. Las unidades componentes y sus auditores que mantengan una plataforma compartida y actualizada, mediante la cual el Equipo de Estados Financieros del Departamento de Hacienda tenga acceso directo a la información del PBC, las muestras y las confirmaciones, podrán cumplir con esta disposición identificando la plataforma, proveyendo el enlace y confirmando el acceso vigente. Mientras dicho acceso no esté disponible o la información no se encuentre actualizada, deberán completar las secciones detalladas del informe semanal.
IV. DISPOSICIONES GENERALES
A. Para cumplir con las metas establecidas en el Plan de Gobierno de Puerto Rico, el Secretario estableció como meta para este próximo año fiscal 2026-2027, emitir los Estados Financieros Auditados del Gobierno de Puerto Rico a más tardar el 31 de marzo de 2027. Para lograrlo, dependeremos de la emisión puntual de los Estados Financieros Auditados de las unidades componentes del Gobierno a más tardar el 31 de diciembre de 2026. La colaboración de todas las dependencias será fundamental para lograr esta meta, cumpliendo así con los estándares de rendición de cuentas y demostrar a nuestros ciudadanos, entidades federales y mercados financieros que Puerto Rico sigue avanzando con transparencia y disciplina.
Las dependencias enviarán los documentos a la siguiente dirección web SharePoint: https://dhpr.com/sites/UnidadesComponentes
De tener alguna duda sobre el particular se pueden comunicar con la Oficina de Informes Financieros al 787-721-2020 ext. 3760.
Esta Carta Circular deroga la Carta Circular Núm. 1300-01-26 del 1 de julio de 2025.
El texto de esta Carta Circular está disponible en la página web del Departamento de Hacienda. Utilice el siguiente enlace para acceder el formato en PDF: Cartas Circulares de Contabilidad Central I Departamento de Hacienda de Puerto Rico (pr.gov)
Será responsabilidad de las agencias hacer llegar esta Carta Circular al personal de Finanzas y Contabilidad o a cualquier otro personal responsable de proveer la misma.
Cordialmente,
Lcdo. Ángel L. Pantoja Rodríguez
Secretario de Hacienda
Anejos