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Determinación Administrativa Núm. 26-03 (“DA 26-03”)

Asunto

Posposición de la fecha límite para radicar y pagar el Impuesto sobre Ventas y Uso para el periodo del mes de abril de 2026

Atención

Todos los comerciantes y sus representantes autorizados

DA 26-03 20/05/2026 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

Durante el día de hoy miércoles, 20 de mayo de 2026, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) ha estado experimentando unas dificultades técnicas inusuales que han provocado que muchos comerciantes no puedan acceder a sus cuentas en el Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”) para cumplir con sus obligaciones contributivas.  A tales efectos, el Departamento entiende prudente y necesario flexibilizar la fecha límite establecida para la radicación de la Planilla Mensual de Impuesto sobre Ventas y Uso y sobre Importaciones, Modelo SC 2915 (“Planilla de Mensual de IVU”), así como el pago del impuesto sobre ventas y uso (“IVU”) correspondiente al mes de abril 2026.

A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Determinación Administrativa con el propósito de: (i) posponer la fecha límite de radicación y pago de la Planilla Mensual de IVU que vencen el miércoles, 20 de mayo de 2026; y (ii) establecer que no se impondrán penalidades a raíz de dicha posposición.

II. Base Estatutaria

Según lo dispuesto en el Artículo 3 del Plan de Reorganización Núm. 3 de 22 de junio de 1994, según enmendado, el Departamento tiene la encomienda de colaborar y asesorar a la Gobernadora y a la Asamblea Legislativa en la formulación de la política pública, cuya ejecución deberá implantarse de forma integral y coordinada bajo la supervisión del Secretario del Departamento (“Secretario”). A su vez, le corresponde al Secretario el coordinar y supervisar la administración de los programas, funciones y componentes operacionales del Departamento, así como el desarrollo y aprobación de los reglamentos, normas y procedimientos de aplicación general.

Asimismo, la Sección 6051.11 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”), autoriza al Secretario a promulgar las reglas y reglamentos necesarios para el cumplimiento del Código, incluyendo aquellas que se hagan necesarias por razón de cualquier alteración de ley en relación con las contribuciones impuestas por el Código.

III. Determinación

El Departamento determina posponer, hasta el viernes, 29 de mayo de 2026, la fecha límite para radicar la Planilla Mensual de IVU correspondiente al mes de abril de 2026, la cual estaba requerida a someterse no más tarde del miércoles, 20 de mayo de 2026.  Asimismo, se extenderá la fecha límite para enviar al Departamento el depósito del IVU cuya fecha de vencimiento sea el miércoles, 20 de mayo de 2026 y que estaba supuesto a acompañar la referida Planilla Mensual de IVU.

De igual forma, el Departamento determina dejar sin efecto la imposición de las penalidades dispuestas en el Subtítulo F del Código relacionadas a la radicación y pago de la Planilla Mensual de IVU cuya fecha de vencimiento sea el miércoles, 20 de mayo de 2026 a todo comerciante que, a satisfacción del Secretario, demuestre haber llevado a cabo todas las diligencias pertinentes en un ejercicio de buena fe para cumplir con las disposiciones del Código y que someta dichos formularios y pagos no más tarde del viernes, 29 de mayo de 2026.  En la eventualidad de que el sistema imponga una penalidad, el comerciante debe solicitar su eliminación sometiendo una solicitud de eliminación de penalidad a través de su cuenta en SURI, junto con la evidencia de radicación y pago y mostrando copia de esta Determinación Administrativa.

IV. Vigencia

Las disposiciones de esta Determinación Administrativa tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta Determinación Administrativa, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI.

 

Cordialmente,

Lcdo. Angel L. Pantoja Rodríguez
Secretario