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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 06-13

Asunto

Registro de Comerciantes

Carta Circular CC 06-13 29/08/2006 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

La Ley Núm. 117 de 4 de julio de 2006, conocida como "Ley de la Justicia Contributiva de 2006" (Ley Núm. 117), enmendó el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendado (Código), para, entre otras, incorporar las Secciones 2301(j), 2407, 2502, 2801, 2802, 2803 y 2804.

Dichas secciones establecen, entre otras cosas, la creación y administración de un Registro de Comerciantes (Registro) en el Departamento de Hacienda (Departamento). La inscripción de los comerciantes en el Registro constituye parte indispensable en la imposición, administración y cobro del impuesto sobre ventas y uso, incorporado al Código a través de la Ley Núm. 117.

Esta Carta Circular tiene el propósito de notificar la reglamentación aprobada y el correspondiente formulario de inscripción adoptado con el fin de implantar el Registro.

II. Determinación

El 11 de agosto de 2006, el Secretario de Hacienda aprobó el Reglamento para implantar las disposiciones de las Secciones 2301(j), 2407, 2502, 2801, 2802, 2803 y 2804 de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994", promulgado al amparo de las Secciones 2303 y 6130 del Código que facultan al Secretario de Hacienda a adoptar los Reglamentos relacionados a la imposición, exención, interpretación, administración y cobro del impuesto sobre ventas y uso y a reglamentar las disposiciones del Código para asegurar su cumplimiento.

El Reglamento, al cual se le asignó el número 7201, se encuentra vigente desde su presentación en el Departamento de Estado el 18 de agosto de 2006, de conformidad con la Sección 2.13 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".

Los artículos del Reglamento interpretan las disposiciones de las Secciones 2301(j), 2407, 2502, 2801, 2802, 2803 y 2804 de forma tal que sean compatibles con su intención. Así pues, el Reglamento aplica a toda persona cubierta por tales disposiciones.

Por otra parte, se aprobó la Solicitud de Certificado de Registro de Comerciante y Certificado de Exención (Modelo SC 2914) y su correspondiente anejo, Localidades (Anejo SC 2914).

El Reglamento, el Modelo y el Anejo se encuentran disponibles en la página electrónica del Departamento, www.hacienda.gobierno.pr. Además, puede solicitar el Modelo y el Anejo en las Colecturías de Rentas Internas, los Distritos de Cobro o en los Centros de Servicio al Contribuyente.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada a las disposiciones de esta Carta Circular, puede comunicarse libre de cargos al (1) (888) 721-5551.

Cordialmente,

Juan C. Méndez Torres