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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 04-08

Asunto

Determinación sobre el Impuesto a Pagar sobre Espíritus Destilados

Atención

Destiladores, Fabricantes, Rectificadores, Envasadores e Importadores de bebidas alcohólicas y otros interesados

Carta Circular CC 04-08 30/12/2004 Rentas Internas

La Sección 4002(a) del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendado (Código) dispone que los espíritus destilados estarán sujetos a un impuesto de rentas internas a los tipos fijados en la misma. De conformidad con dicha Sección, los productos obtenidos a través de la fermentación y destilación que no sean derivados de la caña de azúcar pagarán un impuesto de $31.29. Los productos que sean derivados de la caña de azúcar pagarán un impuesto de $15.12.

Ambos impuestos se pagarán sobre cada galón medida si dicho espíritu tuviera una fuerza alcohólica menor de 100 grados prueba, y sobre cada galón prueba si tuviera una fuerza alcohólica de 100 o más grados prueba, y un impuesto proporcional a igual tipo sobre cada fracción de galón medida o galón prueba.

El propósito de esta Carta Circular es dejar claramente establecido que en los casos en que los espíritus destilados sean rectificados y envasados bajo el control del Gobierno, los impuestos se tasarán y pagarán a base de galones prueba si los espíritus estaban a 100 o más grados prueba en el momento del aforo antes de entrar a la planta de rectificación y envase. Se pagarán a base de galones medida cuando los espíritus estén a menos de 100 grados prueba en el momento del aforo antes de entrar a la planta de rectificación y envase.

En el caso de los espíritus destilados importados, para determinar si pagarán sobre galón medida o sobre galón prueba, la fuerza alcohólica que se considerará será la del producto terminado.

Esta Carta Circular deroga cualquier otro pronunciamiento anterior que haya emitido el Departamento con relación a este particular.

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Cordialmente,

Juan A. Flores Galarza