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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 10-04

Asunto

Preparación y Radicación electrónica de planillas por especialistas en planillas, declaraciones y reclamaciones de reintegro

Atención

Especialistas en planillas, declaraciones y reclamaciones de reintegro

Boletín Informativo BI 10-04 25/02/2010 Rentas Internas

El Departamento de Hacienda (Departamento) tiene como uno de sus objetivos principales agilizar el proceso de radicación de planillas de contribución sobre ingresos de individuos (Planillas). Conforme a esto, uno de los medias con los que contamos para agilizar dicho proceso es la radicación electrónica. De esta manera, se minimizan los errores en la entrada de datos, se agiliza el proceso de envío de reintegros y se permite escoger la fecha de pago, cuando la planilla se radique no mas tarde de la fecha de vencimiento, según dispuesta en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendado (Código). En relación a esto último, de la planilla del contribuyente reflejar un balance de pago, este tendrá la ventaja de escoger la fecha del pago que realizara con la misma.

La radicación electrónica de las Planillas también está disponible para que los especialistas en planillas, declaraciones o reclamaciones de reintegro (Especialistas) puedan radicar las Planillas de sus clientes. Además de las ventajas mencionadas anteriormente, el Especialista podrá mantener un archivo electrónico de las planillas radicadas bajo este método, cumpliendo así con las disposiciones reglamentarias de mantenimiento de documentos impuestas por el Código, sus reglamentos y cualquier otra publicación emitida por el Secretario de Hacienda.

El Departamento ha certificado a varias compañías que han desarrollado programas o aplicaciones para radicar electrónicamente. Estas compañías aparecen en la sección de Planillas de nuestra página en la Internet: www.hacienda.gobierno.pr.

Este Boletín tiene el propósito de informar los requisitos para que los Especialistas activos en el Registro Oficial, que mantiene la División de Regulación de la Práctica y Educación Contributiva del Departamento, puedan radicar electrónicamente las Planillas de sus clientes.

Para la radicación electrónica, el Especialista utilizará el nombre de usuario, el cual será su número de seguro social o número de cuenta patronal, según se haya registrado. Dichos números sólo serán para la autenticación del Especialista en el Departamento. Además, se utilizará el código de acceso que fue enviado en años anteriores para la radicación electrónica de las planillas de sus clientes. Si por alguna razón, el Especialista no tiene el código de acceso o se registró recientemente, deberá solicitar el mismo a través del correo electrónico: regulacionyeducacion@hacienda.gobierno.pr. Dicho correo electrónico deberá incluir el nombre del Especialista, número de registro del Especialista y un número de teléfono.

Por otra parte, la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 06-02 de 30 de marzo de 2006, la cual esta vigente y disponible en nuestra página en la Internet, dispone, en parte, que para que un Especialista pueda rendir electrónicamente algún formulario deberá tener la autorización escrita del contribuyente y su cónyuge, si aplica.  Para este propósito, el Departamento ha diseñado el Modelo SC 2778, Poder y Declaración de Representación para Firma Digital par Especialistas en Planillas, Declaraciones o Reclamaciones de Reintegro, en el cual el contribuyente autoriza y designa al Especialista como su representante para firmar y rendir electrónicamente el formulario indicado en dicho Modelo.

Es importante señalar, que el programa de radicación de planillas disponible gratuitamente, sujeto a ciertas restricciones, en nuestra página de Internet es sólo para el uso de los contribuyentes.

Le exhortamos a que utilice la radicación electrónica de planillas y se beneficie de las ventajas, de así hacerlo.

Las disposiciones de este Boletín Informativa tendrán vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada a las disposiciones de este Boletín Informativo, puede comunicarse a la División de Regulación de la Práctica y Educación Contributiva al (787) 725-5101.

Recuerde, en Hacienda estamos para servirle.

Cordialmente,

Juan Carlos Puig