I. BASE LEGAL
El Departamento de Hacienda (Departamento) como parte de los servicios que brinda, implementó el Sistema Electrónico para la Venta de Sellos y Comprobantes (Sistema) a través de la página del Departamento en el siguiente enlace: https://www.colecturiadigital.com/Public/Login.aspx
II. PROPÓSITO
El propósito de esta Carta Circular es reiterar el contenido y las medidas de seguridad del sello electrónico y actualizar las cuentas de ingresos de los Sellos y Comprobantes Autorizados a ser expedidos por medios electrónicos; así como recordarles la información que debe tener el comprobante o sello emitido de forma electrónica.
III. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
Información Contenida en los Sellos y Comprobantes Emitidos Electrónicamente
Los sellos electrónicos de tamaño 2 x 2, serán impresos en boletas (pegatinas) de seguridad autorizado por el Secretario de Hacienda (Secretario), incluirán la siguiente información:
DESCRIPCIÓN:
- Logo del Departamento
- Código de Barra
- Descripción del uso del sello
- Número único de sello asignado por el programa
- Número de serie preimpreso
- Importe
- Fecha en que se emitió
- Clave de ingreso – solo pueden ser los códigos (tipo de sello o comprobantes) identificados por el Departamento
- Barra de Holograma de Seguridad en el lado izquierdo del sello.
Los Comprobantes electrónicos tamaño 2 x 2 serán impresos en boletas (pegatinas) de seguridad autorizados por el Secretario, incluirán la siguiente información:
DESCRIPCIÓN:
- Logo del Departamento
- Código de Barra
- Descripción del comprobante
- Número único de sello asignado por el programa
- Número de serie preimpreso
- Importe
- Fecha en que se emitió
- Clave de ingreso – solo pueden ser los códigos (tipo de sello o comprobantes) identificados por el Departamento (Anejo I)
- Barra de Holograma de Seguridad en el lado izquierdo del sello.
- Nombre del Contribuyente
Los sellos y comprobantes electrónicos son impresos en boletas (pegatinas) de seguridad, dicha boleta se divide en dos partes; una que será el sello o comprobante para utilizarse tamaño 2 x 2, la cual incluye el logo del Departamento en la parte superior izquierda y la otra parte es el recibo de pago del contribuyente con dos logos del Departamento, uno inferior izquierda y otra inferior derecha.
IV. DISPOSICIONES GENERALES
A. Los sellos y comprobantes emitidos mediante el Sistema Internet recibirán el mismo trato y serán equivalentes al Sello de Rentas Internas y al Recibo de Pago, Modelo SC 848.
B. Las personas autorizadas por el Secretario a imprimir sellos podrán reproducir el referido Modelo en sus propias facilidades iguales al deseño que se acompaña.
Esta Carta Circular deroga la Carta Circular Núm. 1300-01-17 del 31 de agosto de 2016 y 1300-38-00 del 5 de junio de 2000.
Para aclarar cualquier duda con relación a esta Carta Circular, pueden comunicarse a consultasistemasfiscales@hacienda.pr.gov
El texto de esta Carta Circular está disponible en la página web del Departamento Hacienda: (www.hacienda.pr.gov) > sección “Publicaciones” > enlace “Contabilidad Central” > enlace “Cartas Circulares Contabilidad Central”. También puede utilizar el siguiente enlace para acceder el formato en PDF:
Cartas Circulares de Contabilidad Central | Departamento de Hacienda de Puerto Rico (pr.gov)
Será responsabilidad de las entidades gubernamentales hacer llegar copia de esta Carta Circular al personal concernido en sus respectivas agencias.
Cordialmente,
Lcdo. Ángel L. Pantoja Rodríguez
Secretario de Hacienda