I. BASE LEGAL
La Ley Núm. 11 del 12 de abril de 1917, Ley para Autorizar al Secretario de Hacienda a Designar Agentes para la Venta de los Sellos de Rentas Internas, según enmendada y la Ley Núm. 230 del 23 de julio de 1974, Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico, según enmendada; facultan al Secretario de Hacienda (Secretario) a reglamentar y autorizar la venta de sellos de Rentas Internas y de aquellos otros valores o comprobantes que el Departamento de Hacienda (Departamento) vende por disposición de Ley por aquellos métodos alternos que sean necesarios. A su vez el Artículo 329 del Código Político de 1902, según enmendado, faculta al Secretario para autorizar la venta de sellos de rentas internas, y de aquellos métodos que sean necesarios para establecer un sistema completo y adecuado para sus ventas.
Este Departamento ha publicado el Reglamento para la Supervisión y Fiscalización del Sistema de Expedición, Impresión, Cancelación y Venta de Sellos y Comprobantes a través del Internet, Reglamento Núm. 9528, Departamento de Estado, 22 de enero de 2024 (Reglamento Núm. 9528). En este se establecen las normas a seguir para expedir, imprimir y cancelar electrónicamente sellos y comprobantes por medio del Internet; así como los deberes, responsabilidades y obligaciones de las personas autorizadas por el Secretario para administrar dicho Sistema.
El propósito de esta Carta Circular es recordarles las normas a seguir para expedir, imprimir y cancelar electrónicamente sellos y comprobantes por medio del Internet; así como disponer los procedimientos de supervisión y fiscalización, necesarios de la persona a cargo de administrar, expedir imprimir y cancelar sellos y comprobantes del Estado, esto a tenor con el Reglamento Núm. 9528, supra.
II. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
La Carta Circular 1300-19-18, Proyecto Colecturía Digital, del 22 de enero de 2018, se emitió con el propósito de informar sobre el contenido y las medidas de seguridad del nuevo sello-comprobante digital emitido mediante la plataforma de Colecturía Digital y sus tres tipos de sellos-comprobantes digitales, a saber:
- Sello – Comprobante Digital Impreso en Papel de Seguridad
- Sello – Comprobante Digital Impreso en Papel Regular 8 ½ x 11
- Sello – Comprobante Digital en Formato Móvil
Luego mediante Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 18-12 (“BI RI 18-12”) del 26 de abril de 2018, se estableció que con respecto a las tres diferentes modalidades del sello – comprobante digital, y durante la primera fase en el proceso de digitalización del sistema de sellos y comprobantes, el Departamento aclaraba que todos los sellos y comprobantes que sean impresos en la plataforma de Colecturía Digital debían continuar siendo impresos en el papel de seguridad provisto, permitiendo así una verificación visual del sello o comprobante digital que, de ordinario, las dependencias y corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico llevan a cabo.
Por lo antes expuesto, se le estará requiriendo a todas aquellas agencias y dependencias del Gobierno de Puerto Rico, que tramitan sellos y comprobantes digitales y tengan instalado el Sistema de Verificación y Cancelación de Aranceles de la Colecturía Digital, la verificación y cancelación electrónica de los tres tipos de sellos y comprobantes digitales antes mencionados para garantizar la validez y el valor de dichos aranceles digitales.
Además, será requisito que todo sello o comprobante sea validado y cancelado por la entidad que reciba el mismo, según dispone el Reglamento Núm. 9528.
El incumplimiento de las disposiciones aquí establecidas, están sujetas a las sanciones que establezca el Secretario de Hacienda de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Núm. 11 de 12 de abril de 1917, según enmendada.
Para información adicional relacionada a las disposiciones de esta Carta Circular, se pueden comunicar directamente con el Departamento de Servicio al Cliente de Colecturía Digital al (787) 291-9292 o visitar la página web: www.colecturiadigital.com
Esta Carta Circular deroga la Carta Circular Núm. 1300-15-20 del 13 de marzo de 2020.
Para aclarar cualquier duda con relación a esta Carta Circular, pueden comunicarse a consultasistemasfiscales@hacienda.pr.gov.
El texto de esta Carta Circular está disponible en la página web del Departamento Hacienda: https://hacienda.pr.gov/sobre-hacienda/publicaciones/contabilidad-central/cartas-circulares-de-contabilidad-central. También puede utilizar el siguiente enlace para acceder el formato en pdf:
Cartas Circulares de Contabilidad Central | Departamento de Hacienda de Puerto Rico (pr.gov)
Será responsabilidad de las entidades gubernamentales hacer llegar copia de esta Carta Circular al personal concernido en sus respectivas agencias.
Cordialmente,
Lcdo. Nelson Pérez Méndez
Secretario de Hacienda