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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 07-12

Asunto

Aplicabilidad del Impuesto sobre Ventas y Uso a las Compras Efectuadas por la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Boletín Informativo BI 07-12 12/06/2007 Rentas Internas

El propósito de este Boletín Informativo es aclarar la obligación de pago y cobro del impuesto sobre ventas y uso (IVU) en las compras efectuadas por la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (AEELA).

AEELA es una entidad sui generis creada para fines de interés público y para la protección de los empleados gubernamentales en virtud de la Ley Núm. 133 de 28 de junio de 1966, según enmendada, conocida como “Ley de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” (Ley Núm. 133). De conformidad con lo dispuesto en la Ley Núm. 133, AEELA está exenta del pago del IVU en la compra de artículos directamente relacionados a los negocios de la misma.

Resulta pertinente enfatizar que, para adquirir sus artículos exentos del IVU, AEELA presentará al comerciante vendedor, el Certificado de Compras Exentas, Modelo SC 2916, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2407-1(d) del Reglamento Núm. 7249 del 14 de noviembre de 2006 (Reglamento Núm. 7249) y los pronunciamientos del Secretario de Hacienda a tales efectos. Asimismo, AEELA indicará “Ley Núm. 133 de 28 de junio de 1966” en el encasillado 4.j. de la Parte II de dicho formulario como fuente de su derecho a realizar una compra de partidas tributables libre del pago del IVU.

Disponiéndose, que todas las disposiciones del Artículo 2407-1(d) del Reglamento Núm. 7249, relacionadas al uso y conservación del Certificado de Compras Exentas por parte del comerciante vendedor, serán de aplicación a las ventas realizadas a AEELA.

Cordialmente,

Juan C. Méndez Torres