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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 07-03

Asunto

Enmiendas al Boletín Informativo Núm. 06-14 del 28 de diciembre de 2006 Relacionado al Acuerdo de Uniformidad entre el Departamento de Hacienda y Ciertos Municipios

Boletín Informativo BI 07-03 02/02/2007 Rentas Internas

El 28 de diciembre de 2006, el Departamento de Hacienda (Departamento) emitió el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 06-14 (Boletín Informativo Núm. 06-14). Dicho pronunciamiento enumera los municipios que otorgaron un acuerdo de uniformidad con el Departamento (Municipios Participantes) y resume las disposiciones de las Ordenanzas Municipales aprobadas por dichos municipios, conforme al acuerdo de uniformidad con el Departamento.

El propósito de este Boletín Informativo es enmendar el Boletín Informativo Núm. 06-14 para revisar la lista de los Municipios Participantes, y enumerar las instituciones bancarias en las cuales los comerciantes podrán rendir la Planilla Mensual de Impuesto sobre Ventas y Uso (Modelo SC 2915 Rev. 18 ene 07), sujeto a los requisitos indicados en el Boletín Informativo Núm. 06-14.

Efectivo el 1 de enero de 2007, entraron en vigor las Ordenanzas Municipales aprobadas por las legislaturas de los siguientes Municipios Participantes para establecer un Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) a nivel municipal a una tasa impositiva de uno punto cinco (1.5) por ciento, conforme al acuerdo de uniformidad entre éstos y el Departamento:

1. Trujillo Alto

2. Dorado

3. Comerío

4. Fajardo

5. Rincón 

En cuanto a la Planilla Mensual (Modelo SC 2915 Rev. 18 ene 07) las Ordenanzas Municipales aprobadas por los Municipios Participantes, en resumen, establecen que aquellos comerciantes:

1. con volumen de ventas menor de quinientos mil (500,000) dólares anuales; y

2. que solamente tengan fuente de ingreso en el Municipio Participante en el que se encuentra la localidad de negocio para la cual está presentando una planilla;

podrán efectuar la radicación de la Planilla Mensual cumpliendo tanto con la presentación correspondiente al Departamento como para el Municipio Participante enviando el formulario por correo o depositándola en las sucursales de las instituciones bancarias participantes indicadas a continuación:

1. BBVA

2. Banco Popular

3. Banco Santander

4. Citibank

5. Doral Bank

6. Eurobank

7. First Bank

8. RG Premier Bank

9. Scotiabank

10. Westernbank

11. Cooperativas Participantes

Solamente podrá utilizarse para estos fines el Modelo SC 2915 Rev. 18 ene 07 que provee la alternativa de computar la obligación de pago a base de cinco punto cinco (5.5) por ciento (en el caso de localidades comerciales no ubicadas en Municipios Participantes) o siete (7) por ciento (en el caso de localidades comerciales ubicadas en Municipios Participantes) de las ventas realizadas.

Todo comerciante que tenga ventas mayores a quinientos mil (500,000) dólares anuales deberá presentar la planilla y realizar el pago electrónicamente utilizando la aplicación que se puede acceder en www.hacienda.gobierno.pr/ivu. Igualmente, todo comerciante que, a pesar de tener ventas menores a quinientos mil (500,000) dólares anuales, tenga ventas atribuibles a un Municipio Participante en el que no se encuentra la localidad de negocio para la cual está presentando una planilla deberá presentar la planilla y realizar el pago electrónicamente utilizando la aplicación que se puede acceder en www.hacienda.gobierno.pr/ivu o por teléfono comunicándose al (1) (800) 796-6103.

Cordialmente,

Juan C. Méndez Torres