Se encuentra usted aquí

Boletín Informativo Núm. 2000-07

Asunto

Depósito Directo del Reintegro de Contribución sobre Ingresos a la Cuenta de Cheque o Ahorro del Individuo

Atención

A todos los contribuyentes

Boletín Informativo BI 00-07 22/12/2000 Rentas Internas

La Sección 6011 (a)(1) del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendado (Código), establece, en parte, que cuando un contribuyente haya hecho un pago en exceso de contribución sobre ingresos, el monto de dicho pago en exceso se acreditará, a solicitud del contribuyente o a iniciativa del Secretario sin necesidad de solicitud al efecto, contra cualquier contribución o plazo de la misma entonces exigible impuesta por el Código. Cualquier remanente de contribución pagada se reintegrará al contribuyente.

Hasta el presente, el mecanismo que el Departamento de Hacienda (Departamento) ha utilizado para devolver la contribución sobre ingresos pagada en exceso ha sido la emisión de un cheque a través del correo.

En el Departamento, comprometidos con nuestra misión de ofrecer un servicio de excelencia, y continuando con nuestros esfuerzos de utilizar los avances tecnológicos para mejorar y hacer más eficientes los procesos, le ofrecemos una nueva alternativa más rápida y segura para recibir su reintegro. A partir del año 2001, estará disponible el servicio de Depósito Directo de Reintegro para la Planilla de Contribución sobre Ingresos del Año Contributivo 2000.

A estos fines, hemos rediseñado el Encasillado 5 de la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos. En este Encasillado el contribuyente autorizará al Departamento a depositar el reintegro a su cuenta de cheques o ahorros.

El proceso es muy sencillo; sin embargo, es importante que el contribuyente siga las instrucciones que encontrará en la Planilla. En dichas instrucciones le ilustramos un cheque personal que indica el lugar donde aparece cierta información que deberá proveernos, como el número de ruta/tránsito y número de cuenta.

Para participar y beneficiarse de este nuevo servicio deberá seguir y tomar en cuenta las siguientes reglas:

1) En el caso de casados que rinden planilla conjunta, la cuenta debe estar a nombre de ambos cónyuges.

2) La cuenta debe estar en una institución financiera participante en el programa de transferencia electrónica de transacciones bancarias. Esta última información la puede verificar directamente con la institución.

3) Es importante que el contribuyente complete el Encasillado 5 de la planilla correctamente, ya que el Departamento no se hace responsable si la institución financiera rechaza el depósito directo de su reintegro. El contribuyente recibirá una prenotificación de la institución financiera para que confirme la autorización del depósito. La información que deberá incluir en el Encasillado 5 de la planilla es:

a) Si la cuenta a la que autoriza el depósito del reintegro es de cheque o ahorro, independientemente que sea una cuenta con múltiples servicios (reserva, cheque, ahorro, etc.).

b) El número de cuenta y a nombre de quién está la misma, según aparece registrada en la institución financiera.

c) El número de ruta/tránsito. En las instrucciones de la planilla ilustramos un cheque personal que indica el lugar donde se encuentra ubicado el número de ruta/tránsito y número de cuenta. Si la cuenta es sólo de ahorros, el contribuyente debe comunicarse con su institución financiera para que le provea el número de ruta/tránsito. Este número es muy importante, ya que identifica la institución financiera donde la cuenta está registrada.

4) El Departamento notificará por escrito al contribuyente, en el Modelo SC 2716, si el reintegro procede y fue depositado al número de cuenta informado en la planilla.

5) Si la transacción fue rechazada por la institución financiera, o si la información suministrada en la planilla de Contribución sobre Ingresos está incompleta, se le enviará una notificación, Modelo SC 2717, informándole que recibirá el reintegro mediante cheque a través del correo.

Le exhortamos a que participe en este nuevo proceso, para que reciba su reintegro más rápido y en una forma más segura.

Recuerde, en Hacienda estamos para servirle.

Xenia Vélez Silva