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Carta Circular de Contabilidad Central Núm. 1300-24-05 (Derogada)

Asunto

Validez de Formularios Rendidos Electrónicamente a través del Sistema de Planillas En Línea

Atención

A los Secretarios de Gobierno, Directores de Dependencias, Alcaldes, Directores de Corporaciones Públicas y Directores de cualesquiera de las Instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico

CC 1300-24-05 21/04/2005 Contabilidad Central

Año Económico 2005

Estimados Señores:

Conforme a la Ley Núm. 110 de 27 de junio de 2000 y la Ley Núm. 151 de 22 de junio de 2004, el 15 de marzo de 2003 el Departamento de Hacienda (Departamento) estableció el sistema Planillas En Línea (PEL). Este sistema actualmente permite a los contribuyentes preparar y rendir electrónicamente la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos, la Solicitud de Prórroga Automática, la Declaración de Contribución Estimada y la Planilla Trimestral Patronal (Formularios). El contribuyente que rinda electrónicamente cualquiera de los Formularios no tiene que remitir el mismo físicamente al Departamento.

Al completarse la transferencia electrónica de cualquiera de los Formularios, el contribuyente puede imprimir como su evidencia de radicación la hoja de “Confirmación de Radicación Electrónica” (Confirmación) y el Formulario. La Confirmación contiene el logo del Departamento y la siguiente información:

(1)  nombre del Formulario radicado electrónicamente

(2)  nombre del contribuyente

(3)  número de seguro social o de identificación patronal

(4)  nombre del cónyuge y número de seguro social, si aplica

(5)  número de confirmación

(6)  fecha y hora de radicación

(7)  cantidad pagada

(8)  método de pago (débito a cuenta de cheques, cuenta de ahorros o ATH)

(9)  número de identificación enviado al banco

(10)  número de transacción asignado por el banco

Los últimos 4 datos aparecerán en la Confirmación en el caso de Formularios que se radiquen con pago.

En el caso de la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos, si en la misma se refleja un reintegro, la Confirmación especifica si el contribuyente solicitó recibirlo mediante cheque, depósito directo o para acreditar a la Declaración de Estimada del año contributivo siguiente.

Los Formularios contienen en todas sus páginas la frase RADICADO ELECTRÓNICAMENTE, e indican en el espacio de firma del contribuyente y del cónyuge, si aplica, FIRMADA ELECTRÓNICAMENTE y la fecha de radicación. Esta fecha de radicación es igual a la que aparece en la Confirmación. Para su beneficio, se acompaña un ejemplo de la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos con la Confirmación.

Estos documentos, la Confirmación junto con cualquiera de los Formularios, tienen la misma validez que una copia del Formulario sellado por el Departamento en presencia del contribuyente. Por lo tanto, constituyen la evidencia de radicación, por lo que deben ser aceptados para cualquier trámite pertinente como si fuesen las copias selladas de los Formularios recibidos en el Departamento.

Las disposiciones de esta Carta Circular tendrán vigencia inmediata, y serán efectivas para todos los Formularios radicados o que se radiquen electrónicamente a través de PEL para los años contributivos comenzados después del 31 de diciembre de 2001.

Será responsabilidad de todos los patronos, entregar esta Carta Circular al personal responsable de tramitar transacciones para la cual se requiera al contribuyente evidencia de radicación de cualquiera de los Formularios disponibles a través de PEL y a cualquier otro personal que sea necesario para el cumplimiento de la misma.

Cordialmente,

Juan C. Méndez Torres
Secretario de Hacienda