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Crédito Senior

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Encuentra aquí información relacionada a la Planilla de Crédito para Personas de 65 Años o más y Crédito Compensatorio para Pensionados de Bajos Recursos, Formulario 481.1.  El crédito está disponible solo para aquellas personas que no solicitaron el Crédito por Trabajo en la Planilla de Contribución sobre Ingresos del año 2023.

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  • Para cualificar para el crédito senior, los solicitantes deben ser residentes de Puerto Rico y tener 65 años o más al último día del año contributivo. Deben tener un ingreso bruto, incluyendo los beneficios del Seguro Social, de $15,000 o menos de $30,000, en el caso de personas casadas. Para el año contributivo 2023, el crédito senior será de $400 ($800  en caso de persona que rinde planilla conjunta), ya que el Departamento de Hacienda cumplió con la prueba de ingresos netos al Fondo General, establecida en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. 
  • También cualifican personas que no tengan 65 años al último día del año contributivo, pero que solo recibieron ingresos de pensión de $4,800 o menos, sin incluir los beneficios del Seguro Social. Éstos deberán ser pensionados de la Administración de los Sistemas de Retiro de Empleados del Gobierno y la Judicatura, del Sistema de Retiro de Maestros, de la Universidad de Puerto Rico, de la Autoridad de Energía Eléctrica y pensionados del sector privado. Estos ciudadanos recibirán un crédito compensatorio personal de $300 y en el caso de contribuyentes casados, cada cónyuge por separado, tendrá que cumplir con los requerimientos indicados. Las fuentes y el total de ingresos, no se evaluarán como un agregado entre cónyuges. 

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Para propósitos informativos, la nueva versión del Formulario 481.1 para el año contributivo 2023 está disponible en nuestra página de internet, www.hacienda.pr.gov, bajo el área de Planillas, Formularios y Anejos. Para ver el documento, hacer clic aquí.

Para el año contributivo 2023, al igual que en los años contributivos 2019 al 2022 el Formulario 481.1 solo se puede radicar por medios electrónicos a través de SURI. El Departamento no considerará como radicado un Formulario 481.1 del año contributivo 2023 en papel, aun cuando el mismo haya sido sellado como recibido.

Para completar y radicar el Formulario 481.1 del año contributivo 2023, el contribuyente debe:

  • Completar y radicar dicho formulario a través de su cuenta en SURI. Para esto, es necesario que el contribuyente este registrado y tenga una cuenta de usuario en SURI. Las personas que aún no tienen una cuenta en SURI, deberán seguir el proceso de registro.
  • Utilizar un Especialista que le prepare y radique el Formulario 481.1 en su representación, sin la necesidad de estar registrado en SURI.

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  • Las evidencias requeridas al radicar incluyen una identificación con fecha de nacimiento, como la licencia de conducir, la identificación con foto para personas de edad avanzada o cualquier documento que permita verificar la edad. De ser beneficiario del Seguro Social, debe someter el Formulario SSA 1099 (Declaración de Beneficios de Seguro Social), disponible en línea en www.ssa.gov o llamando al 1-800-772-1213.
  • También se requiere evidencia de otros ingresos que no hayan sido informados en un Comprobante de Retención o Declaración Informativa en Puerto Rico. Si no recibe ningún tipo de ingreso, deberá incluir una certificación negativa de la Administración del Seguro Social.
  • En ninguno de los casos se considerarán los beneficios del Programa de Asistencia Nutricional (PAN). Los seniors y pensionados no pueden ser reclamados como dependientes en otras planillas y no deben haber reclamado ni reclamarán el Crédito por Trabajo (Earned Income Credit), en la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos.

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  • Carta Circular de Rentas Internas Núm. 24-14 Asunto:Formulario 481.1, Planilla de Crédito para personas de 65 años o más y Crédito Compensatorio para pensionados de bajos recursos, para el año contributivo 2023
  • Comunicado de Prensa: Disponible a partir del 2 de julio formulario para solicitar créditos para personas de 65 años o más y para pensionados de bajos recursos