La sección 6072.01 del Código, establece las disposiciones relacionadas a los Representantes Contributivos. Dependiendo de la naturaleza del asunto, el representante del contribuyente deberá cumplir con los requisitos y deberes aplicables a un Representante Contributivo.
Por ejemplo, para que un tercero pueda representar a un contribuyente en determinaciones administrativas, acuerdos finales, decretos de exención contributiva, solicitudes de crédito y deficiencias, éste deberá ser un representante contributivo (CPA, abogado(a) u otro profesional competente en materias contributivas). Sin embargo, los errores matemáticos y reparos son materias que podrán ser atendidas ante el Departamento por practicantes que no sean considerados representantes contributivos.
El contribuyente que desee designar una persona a actuar en su representación debe completar el Formulario Modelo SC2745. Hacer clic aquí para descargar el Formulario Modelo SC2745 Poder de Representación.