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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 18-05 (“CC RI 18-05”)

Asunto

Centros de Orientación y Preparación de Planillas

Atención

Contribuyentes que sean Individuos

Carta Circular CC RI 18-05 16/03/2018 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

Como regla general, todo individuo que venga obligado a radicar la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos (“Planilla”) para el año contributivo 2017, debe radicar la misma electrónicamente no más tarde del martes, 17 de abril de 2018.  Según establecido en la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 18-02 (“CC RI 18-02”), el Departamento de Hacienda (“Departamento”) le provee al contribuyente varias opciones de programas certificados para la preparación y radicación electrónica de la Planilla, los cuales pueden ser utilizados libre de costo hasta el 17 de abril de 2018.  Los enlaces a estos programas certificados por el Departamento están disponibles a través de nuestra página de internet: www.hacienda.pr.gov, bajo el enlace de Planillas Individuos 2017 en el área de “Radicar en línea”. 

Con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento con la radicación electrónica de la Planilla del año contributivo 2017, a partir del jueves 15 de marzo de 2018, el Departamento tendrá disponible varios Centros de Orientación y Preparación de Planillas (“Centros”).

A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el propósito de establecer el procedimiento para la preparación y radicación electrónica de la Planilla del año contributivo 2017 en los Centros.

II. Determinación

Según indicado anteriormente, los Centros estarán disponibles a partir del jueves, 15 de marzo de 2018 hasta el martes, 17 de abril de 2018.  En los Centros solamente se estará preparando y radicando, libre de costo, la Planilla del año contributivo 2017 de contribuyentes: (i) que sean individuos ciudadanos americanos residentes de Puerto Rico durante todo el año contributivo; (ii) que sean asalariados o pensionados; (iii) cuyos ingresos no excedan de $150,000, incluyendo ingresos exentos; y (iv) cuyas Planillas requieran únicamente los siguientes anejos: 

  • Anejo A Individuo – Deducciones Aplicables a Contribuyentes que Sean Individuos
  • Anejo A1 Individuo – Dependientes y Beneficiarios de Cuentas de Aportación Educativa
  • Anejo B Individuo - Recobro de Créditos Reclamados en Exceso, Créditos Contributivos y Otros Pagos y Retenciones (solamente Parte III)
  • Anejo CH Individuo - Cesión de Reclamación de Exención por Hijo(s) de Padres Divorciados o Separados
  • Anejo CO Individuo - Cómputo Opcional de la Contribución
  • Anejo FF Individuo  - Intereses, Dividendos e Ingresos Misceláneos (solamente la Parte I “Intereses”, siempre y cuando no excedan la cantidad exenta de $2,000, o $4,000 si es casado que rinde planilla conjunta)
  • Anejo H Individuo - Ingreso de Anualidades o Pensiones de Planes Cualificados o Gubernamentales
  • Anejo IE Individuo - Ingresos Excluidos y Exentos

En el caso de contribuyentes casados que rindan planilla conjunta, el ingreso por cónyuge no puede exceder de $150,000, incluyendo ingresos exentos.  

El contribuyente que radique su Planilla en uno de nuestros Centros, recibirá una copia física de la Planilla y de la hoja de Confirmación de Radicación Electrónica correspondiente. Estos documentos también estarán disponibles a través de Colecturía Virtual, en el menú de “Servicios”, bajo el enlace de “Búsqueda de Planilla Radicada Electrónicamente”.  El área de Colecturía Virtual se puede acceder a través de nuestra página de internet: www.hacienda.pr.gov, bajo la sección de Hacienda Virtual o a través del siguiente enlace: https://colecturiavirtual.hacienda.pr.gov

A. Documentos Necesarios para Preparar su Planilla en un Centro

Para poder preparar y radicar electrónicamente su Planilla del año contributivo 2017, el contribuyente debe acudir al Centro de su preferencia con la siguiente información:

1. Número de seguro social y fecha de nacimiento del contribuyente, su cónyuge (si aplica), y sus dependientes;
2. Copia de su licencia de conducir o alguna identificación válida con foto;
3. Su dirección de correo electrónico y que la misma esté activa;
4. Comprobante de Retención (Formulario 499R-2/W-2PR) o Corrección al Comprobante de Retención (Formulario 499R-2c/W-2cPR) recibidos para el año contributivo 2017;
5. Declaraciones Informativas (Formularios 480.6A, 480.6B, 480.6D y 480.7C) recibidas para el año contributivo 2017;
6. Evidencias sobre sus deducciones tales como intereses hipotecarios (Formulario 480.7A) e intereses pagados sobre préstamos estudiantiles (Formulario 480.7B), entre otros;
7. En aquellos casos en que el individuo reclame la deducción por pérdida de su residencia principal debido a causas fortuitas (Línea 2 del Anejo A Individuo) o por pérdida de bienes muebles por ciertas causas fortuitas (Línea 5 del Anejo A Individuo), la Hoja de Trabajo para la Deducción por Pérdidas de Propiedad por Causas Fortuitas (“Hoja de Trabajo”) según establecido en la Determinación Administrativa Núm. 18-05 (“DA 18-05”) con las Partes I y II debidamente completadas, según aplique, y junto a todos los documentos requeridos como evidencias conforme a la DA 18-05. En estos casos, una vez radicada electrónicamente la Planilla, el contribuyente será responsable de someter toda la evidencia requerida conforme a lo establecido en la DA 18-05, dentro de los tres (3) días calendario siguientes a la fecha de radicación de la Planilla a la dirección de correo electrónico: perdidashuracanmaria@hacienda.pr.gov; y
8. En el caso de contribuyentes casados que radiquen Planilla conjunta, si uno de los cónyuges no puede acudir al Centro, deberá enviar con su cónyuge el formulario Modelo SC 2745 Poder y Declaración de Representación, debidamente completado y firmado, en el cual autorice a este a radicar y firmar electrónicamente la Planilla en su representación. Además, deberá enviar copia de una identificación con foto vigente.

Los contribuyentes que acudan a un Centro deben asegurarse de llevar consigo todos los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas que recibieron para el año contributivo 2017, de manera que el representante del Centro pueda completar su Planilla con toda la información.  Para verificar todos los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas que fueron emitidos bajo su número de seguro social, puede acceder a su cuenta en Colecturía Virtual, bajo el menú de “Servicios”, en la opción de “Impresión de W2 e Informativa”.  En el caso de contribuyentes casados, cada cónyuge debe acceder a su cuenta en Colecturía Virtual para verificar esta información.

B. Localización y Horario de los Centros

Para el año contributivo 2017, el Departamento tendrá disponible los siguientes Centros.

  • Centros ubicados en los centros comerciales

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C. Formas de Efectuar el Pago de la Planilla Radicada en un Centro

Los contribuyentes que acudan a uno de nuestros Centros para preparar y radicar sus Planillas y dichas Planillas reflejen un balance de contribución pendiente de pago, podrán pagar dicho balance de cualquiera de las siguientes formas:

1. Electrónicamente al Momento de Radicar la Planilla – Para poder utilizar esta opción, el contribuyente debe proveer el número de su cuenta bancaria de cheques o de ahorros y el número de ruta del banco.  En estos casos, el contribuyente puede elegir realizar el pago al momento de la radicación electrónica o podrá autorizar el cobro posterior a debitarse de una cuenta de banco con fondos suficientes, no más tarde del 17 de abril de 2018.

2. Electrónicamente por Colecturía Virtual luego de Radicar la Planilla – Para poder utilizar esta opción, el contribuyente debe seleccionar la opción de Pagos en el menú de Colecturía Virtual, y oprimir el enlace de Pago Planilla 2017 que se encuentra bajo la opción de Individuos.  El pago a través de Colecturía Virtual se puede realizar utilizando una tarjeta de crédito (VISA o MasterCard), una tarjeta ATH de Banco Popular o débito directo a una cuenta de banco. La opción de pago a través de Colecturía Virtual estará disponible hasta el martes, 17 de abril de 2018.

3. Por teléfono a través de Hacienda Responde luego de Radicar Electrónicamente la Planilla – Para poder utilizar esta opción, el contribuyente debe comunicarse al (787) 620-2323.  El pago a través de Hacienda Responde se podrá realizar utilizando una tarjeta de crédito (VISA o MasterCard), tarjeta de débito o una cuenta de cheques o de ahorros.  Si utiliza una cuenta de cheque o de ahorros debe tener accesible su número de cuenta y el número de ruta del banco.  En estos casos, el contribuyente recibirá el recibo de pago a través de correo electrónico o por correo regular, si no tiene una cuenta de correo electrónico.

4. En una Colecturía de Rentas Internas luego de Radicar Electrónicamente la Planilla– Para pagar en cualquier Colecturía de Rentas Internas, el contribuyente debe acudir con copia de la hoja de Confirmación de Radicación Electrónica.  La información relacionada a la ubicación y horario de las Colecturías se puede acceder a través de nuestra página de internet: www.hacienda.pr.gov, en el área de “Servicios al Contribuyente”, bajo la sección de “Directorio de Colecturías”.

Además, los Centros que están ubicados en los Centros Comerciales y en el Municipio de Caguas contarán con Auxiliares de Colecturías para asistir a los contribuyentes que desean hacer el pago de la contribución utilizando giro postal o tarjeta de crédito (Visa o MasterCard). 

La siguiente tabla resume todas las alternativas de pago disponibles para que los contribuyentes puedan efectuar el pago de la contribución según su Planilla del año contributivo 2017.

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D. Radicación de Planillas en Papel

Los Centros estarán recibiendo planillas de contribución sobre ingresos de contribuyentes que no sean individuos.  Además, se estarán recibiendo aquellas Planillas de individuos que tengan que ser radicadas en papel porque cumplen con una de las excepciones a la radicación electrónica.  Para más información sobre estas excepciones y sobre el procedimiento de radicación de la Planilla de individuos en papel, puede referirse a la CC RI 18-02.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Para información adicional sobre las disposiciones de esta Carta Circular, puede acudir a alguno de nuestros Centros o comunicarse al (787) 622-0123, opción número 3. Para preguntas contributivas, puede enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: infosac@hacienda.pr.gov

 

Cordialmente,

Francisco Parés Alicea
Secretario Auxiliar
Área de Rentas Internas

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