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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 20-19 (“BI RI 20-19”)

Asunto

Informe de procedimientos previamente acordados bajo la Sección 1061.15 del Código

Atención

Todos los Contribuyentes y Contadores Públicos Autorizados

Boletín Informativo BI RI 20-19 30/09/2020 Rentas Internas

La Sección 1061.15 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico del 2011, según enmendado (“Código”), establece que para años contributivos comenzados luego del 31 de diciembre de 2019, todo negocio con fines de lucro, que haya derivado un volumen de negocios durante el año contributivo igual o mayor de $3,000,000 pero menos de $10,000,000 tendrá la opción de elegir someter junto con su planilla de contribución sobre ingresos: unos estados financieros auditados, un Informe de Procedimientos Previamente Acordados o un Informe de Cumplimiento preparado por un Contador Público Autorizado (“CPA”) con licencia en Puerto Rico.

El Departamento de Hacienda (“Departamento”) emite este Boletín Informativo con el propósito de notificar que actualmente se encuentra trabajando, con el asesoramiento del Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico, en una Carta Circular de Rentas Internas donde establecerá el contenido y los procedimientos que los CPAs deberán de seguir en la preparación del Informe de Procedimientos Previamente Acordados y el Informe de Cumplimiento. El Departamento estará emitiendo dicha Carta Circular en las próximas semanas.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata. 

Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, puede enviar una notificación a través de su cuenta en SURI.

 

Cordialmente,

Francisco Parés Alicea
Secretario